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Sunafil advierte multas severas por falta de políticas salariales y revela brecha de ingresos entre hombres y mujeres

Los empleadores deben cumplir con informar a sus trabajadores sobre la politica salarial del centro laboral, asi como los criterios de las evaluaciones de desempeno que pudieran tener algun impacto en sus remuneraciones.

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Sunafil advierte multas severas por falta de políticas salariales y revela brecha de ingresos entre hombres y mujeres

En el marco de la conmemoración del Día de la Igualdad Salarial, celebrada cada 18 de setiembre, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha emitido una serie de precisiones fundamentales sobre la gestión de las remuneraciones en los centros de trabajo. La entidad fiscalizadora ha puesto énfasis en la obligatoriedad de contar con políticas salariales claras y la importancia de comunicar estas condiciones a los trabajadores en momentos específicos de su relación laboral.

Uno de los puntos más críticos abordados por la autoridad es la brecha de ingresos que persiste en el país. Basándose en los resultados de la Encuesta Permanente de Empleo Nacional (EPEN) correspondiente al año 2023, se ha evidenciado una disparidad significativa entre los ingresos de hombres y mujeres. Según los datos, el ingreso promedio mensual proveniente del trabajo en el territorio nacional se situó en S/ 1,674.40. Sin embargo, al desglosar esta cifra por género, se observa que los hombres perciben un ingreso promedio mensual de S/ 1,873.50, mientras que las mujeres perciben S/ 1,405.10.

Esta diferencia representa una brecha nominal de S/ 468.40 a favor de los varones. En términos porcentuales, la información revela que las mujeres ganan únicamente el 75% del ingreso promedio mensual que perciben los hombres, lo que subraya la relevancia de promover la igualdad remunerativa en el mercado laboral peruano.

Ante este escenario, Sunafil ha detallado los lineamientos que deben seguir los empleadores respecto a la comunicación de la política salarial. Esta comunicación no debe ser un acto único, sino que debe realizarse en tres momentos clave: primero, en el instante en que el trabajador ingresa a la organización; segundo, cuando se produzcan modificaciones en la categoría ocupacional a la que pertenece el empleado; y tercero, cuando existan cambios en el esquema de remuneración que se les aplique, siempre en concordancia con la política remunerativa de la empresa.

La institución explicó que la política salarial no es un documento estático, sino que se define como una herramienta dinámica. Esto se debe a que comprende los criterios establecidos por el empleador para la gestión, fijación o ajuste de los esquemas de remuneración. Estos esquemas pueden ser revisados y ajustados periódicamente, tomando en consideración las variaciones que puedan surgir tanto al interior de la organización como en su entorno externo. No obstante, Sunafil recalca que cualquier ajuste debe realizarse respetando estrictamente la prohibición de discriminación y manteniéndose dentro del marco normativo vigente.

Es importante precisar que la autoridad laboral hace una distinción clara entre la discriminación salarial y las variaciones remunerativas justificadas. Tener un sueldo diferente al de un compañero que pertenece a la misma categoría no implica necesariamente un acto de discriminación. Estas diferencias son consideradas válidas siempre y cuando se sustenten en criterios objetivos. Entre los factores legítimos para justificar una variación salarial se encuentran la experiencia laboral, el perfil académico o educativo, la antigüedad en la empresa, el desempeño del trabajador, la ubicación geográfica y el costo de vida, entre otros elementos medibles.

En cuanto a las acciones preventivas, Sunafil informó que desde enero de 2024 ha orientado a un total de 23,373 trabajadores a nivel nacional. El objetivo de estas intervenciones ha sido promover la igualdad remunerativa y prevenir la discriminación salarial dentro de los centros de trabajo, asegurando que los empleados conozcan sus derechos y las empresas sus obligaciones.

Finalmente, la Superintendencia advirtió sobre las consecuencias legales y económicas de incumplir estas normativas. Se consideran infracciones muy graves los casos en los que una empresa no cuente con el cuadro de categorías y funciones o carezca de una política salarial debidamente establecida. En tales situaciones, las organizaciones se exponen a sanciones económicas considerables, donde las multas pueden fluctuar desde los S/ 1,265 hasta alcanzar los S/ 288,915, dependiendo de la gravedad y las circunstancias de la infracción.

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