El Gobierno Nacional oficializó este lunes la reglamentación de la Ley 27.801, la cual establece el nuevo Régimen Penal Juvenil en Argentina. Esta normativa, que entró en vigencia el pasado sábado, introduce un cambio significativo en el sistema judicial al reducir la edad de imputabilidad a los 14 años. La medida fue formalizada a través del Decreto 875/2026, publicado en el Boletín Oficial, con el fin de precisar la operatividad del sistema tanto en el ámbito de la justicia nacional como en el federal.
La Ley 27.801 fue sancionada por el Senado en febrero de este año y su promulgación se registró el 9 de marzo. De acuerdo con los plazos establecidos en la norma, la ley debía entrar en vigencia 180 días después de dicha fecha. El objetivo central de la legislación es definir el régimen penal aplicable a las personas adolescentes que tengan desde los catorce años y hasta el momento en que cumplan los dieciocho, siempre que sean imputadas por hechos tipificados como delitos en el Código Penal o en leyes penales especiales, ya sean las vigentes o aquellas que se dicten en el futuro.
La reglamentación publicada este lunes llega para definir aspectos técnicos y operativos que la ley original no detallaba. El Ejecutivo sostuvo en los considerandos del decreto que, para lograr una implementación "integral y coordinada", era imperativo normar puntos críticos como la figura del supervisor, la atención integral a las víctimas, la aplicación de penas alternativas y medidas complementarias, así como la formación especializada de los operadores del sistema. Asimismo, se establecieron los dispositivos de articulación entre distintos ministerios y jurisdicciones, y los mecanismos para informar al Registro Nacional de Reincidencia.
En términos de autoridad, el Decreto 875/2026 designa al Ministerio de Justicia como la autoridad de aplicación. Esta cartera será la responsable directa de implementar y coordinar todo el régimen penal juvenil en el territorio nacional y en el ámbito federal. Uno de los pilares de esta reglamentación es la creación del Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil, un cuerpo de profesionales especializados que tendrán a su cargo el seguimiento, la asistencia y el control de los adolescentes alcanzados por la ley.
Para integrar este registro, el Gobierno ha definido perfiles específicos. Podrán inscribirse profesionales con formación en educación, pedagogía infantojuvenil, psicología, trabajo social o especialización en adicciones. Además de su título, los aspirantes deberán acreditar experiencia profesional y haber realizado capacitaciones específicas en materia de justicia penal juvenil, cumpliendo con otros requisitos previstos por la normativa. El decreto establece un plazo máximo de 180 días para que el registro quede conformado definitivamente; mientras tanto, el Ministerio de Justicia elaborará un listado provisorio de profesionales habilitados para desempeñar dicha función.
Otro avance organizativo es la creación del Comité Interministerial del Régimen Penal Juvenil. Este organismo funcionará bajo la órbita del Ministerio de Justicia como un dispositivo permanente de articulación para la implementación de la ley. Su misión principal será coordinar la acción de los ministerios involucrados, elaborar lineamientos comunes para la prevención, el abordaje y la reinserción de los adolescentes, y promover el intercambio de datos técnicos y estadísticos. El Comité también emitirá recomendaciones no vinculantes a la Autoridad de Aplicación y gestionará la articulación necesaria para la ejecución de las penas previstas.
La composición de este Comité Interministerial incluye a representantes del Ministerio de Justicia, quien ejercerá la coordinación, el Ministerio de Seguridad Nacional, el Ministerio de Capital Humano y el Ministerio de Salud. Además, el reglamento permite la invitación a representantes de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (SEDRONAR), la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación, según la naturaleza de los temas a tratar.
Para asegurar la coherencia en todo el territorio, se creó la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil. Este espacio buscará la articulación permanente entre el Gobierno Nacional, las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sus funciones incluyen armonizar criterios técnicos y procesales entre las jurisdicciones, intercambiar experiencias y buenas prácticas, facilitar la suscripción de convenios de colaboración y cooperación, y elaborar recomendaciones no vinculantes sobre la implementación del régimen. En esta mesa participarán la autoridad de aplicación, representantes provinciales y de CABA, y podrán sumarse la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Procuración General y la Defensoría General.
Finalmente, la reglamentación incorpora disposiciones sobre la asistencia a las víctimas y la transparencia administrativa. El Ministerio de Justicia deberá poner a disposición equipos interdisciplinarios conformados por psicólogos y trabajadores sociales, además de coordinar mecanismos para garantizar patrocinio jurídico gratuito. En cuanto al control de antecedentes, se dispuso que cuando se imponga una pena a un adolescente, esa circunstancia sea informada al Registro Nacional de Reincidencia, el cual llevará una sección especial exclusiva para los casos alcanzados por la Ley 27.801. El Gobierno insistió en que este nuevo sistema requiere una articulación interinstitucional con los sistemas de salud, educativos, de seguridad y de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.





