ÚLTIMA HORA

Cobertura 24 h · Redacción propia · jueves, 15 de octubre de 2026 · App oficial en Google Play

Menú

Poder Judicial rechaza hábeas corpus de Fernando Rospigliosi por condena de difamación

El Quinto Juzgado Constitucional de Lima rechazó el pedido con el que Rospigliosi buscaba anular su condena por difamación agravada contra la decana del CAL.

Audionoticia

Escucha el reporte completo

Poder Judicial rechaza hábeas corpus de Fernando Rospigliosi por condena de difamación

El Poder Judicial ha emitido una resolución en la cual rechaza la demanda de hábeas corpus interpuesta por el excongresista Fernando Rospigliosi. El objetivo de dicha acción legal era anular la condena impuesta contra él por el delito de difamación agravada, proceso en el cual Delia Espinoza figura como la parte agraviada. La solicitud fue declarada improcedente por el Quinto Juzgado Constitucional de Lima, órgano jurisdiccional que se encuentra bajo la responsabilidad del juez Jorge Luis Ramírez Niño de Guzmán.

A través de este recurso, Rospigliosi pretendía que se dejara sin efecto la totalidad del proceso penal que culminó con su sentencia condenatoria. Específicamente, el exlegislador solicitó la nulidad de la resolución que lo declaró responsable del delito contra el honor, buscando eliminar así las consecuencias legales derivadas de dicho fallo.

La demanda de hábeas corpus fue dirigida por Rospigliosi contra el propio Poder Judicial. En el sustento de su pedido, el recurrente alegó que se habían vulnerado sus derechos fundamentales, específicamente su libertad individual y el derecho al juez natural. En consecuencia, solicitó que el juzgado constitucional declarara fundada su demanda para que se ordenaran dos acciones concretas: en primer lugar, la nulidad de la resolución inicial del proceso de querella interpuesto en su contra y, en segundo lugar, que el caso fuera reenviado a un órgano judicial distinto.

Como pretensión adicional, Rospigliosi pidió la nulidad de la sentencia condenatoria emitida el 15 de abril de 2026. Dicha resolución fue dictada por la jueza Norma Beatriz Carbajal Chávez, titular del Segundo Juzgado Supremo Unipersonal de la Corte Suprema. En aquel fallo, se determinó que el excongresista era autor del delito contra el honor, bajo la modalidad de difamación agravada, en perjuicio de Delia Espinoza, quien se desempeña como fiscal suprema y actualmente es la titular del Ministerio Público.

El eje central de la argumentación de Rospigliosi se basó en una supuesta afectación a las garantías del debido proceso. El excongresista sostuvo que existió una indebida motivación en las resoluciones judiciales que llevaron a su condena. Asimismo, invocó la vulneración de su derecho a la tutela procesal efectiva, argumentando que el proceso no se llevó a cabo respetando los estándares legales necesarios para garantizar una defensa justa. Sin embargo, ninguno de estos argumentos fue aceptado por el juzgado constitucional.

Para sustentar el rechazo de la demanda, el juzgado se basó en el marco normativo del Código Procesal Constitucional. Específicamente, el juez aplicó el artículo 9 de dicho cuerpo legal, el cual establece las causales bajo las cuales una demanda de este tipo debe ser declarada improcedente. De manera complementaria, el magistrado utilizó, en sentido contrario, lo dispuesto en el artículo 1 de la misma norma para fundamentar la improcedencia del recurso.

Un punto determinante en la decisión judicial fue el análisis del estatus procesal de la resolución que Rospigliosi cuestionaba. El juzgado señaló que la resolución en cuestión aún no posee la calidad de firme. Debido a que la sentencia no ha quedado consentida ni ejecutoriada, el juzgado consideró que no correspondía realizar un control de constitucionalidad sobre la motivación de la sentencia ni sobre los fundamentos de la impugnación que el excongresista había presentado.

Finalmente, el fallo mencionó que el tema relacionado con los privilegios parlamentarios, planteado por Rospigliosi en su demanda, resultaba debatible. El juzgado ha dispuesto que la resolución sea notificada a todas las partes involucradas en el proceso. Una vez que la decisión quede consentida o ejecutoriada, se procederá al archivo definitivo del expediente, cerrando así este capítulo de la disputa legal.

Esta nota fue producida por la redacción de Noticias.lat: verificamos la información en fuentes públicas y la reescribimos con nuestro criterio editorial. No republicamos textos de terceros.

Cobertura en Video