La Asamblea Nacional de Ecuador ha aprobado una reforma integral a la Ley contra la trata de personas, una medida que endurece significativamente las sanciones penales y amplía el espectro de delitos perseguidos. Tras el segundo debate realizado este martes 20 de octubre de 2026, durante la sesión 132 del pleno legislativo, la normativa ahora contempla penas de hasta 35 años de cárcel para quienes cometan este delito.
El proyecto de ley, que fue impulsado por la Comisión de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana bajo la presidencia de la asambleísta Lucía Jaramillo, de la bancada de Acción Democrática Nacional (ADN), busca fortalecer la prevención, la reparación integral y los mecanismos de atención a las víctimas. Se ha puesto un énfasis especial en la protección de niñas, niños y adolescentes, quienes representan uno de los grupos más vulnerables ante estas redes criminales.
La reforma modifica el artículo 91 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) para detallar con precisión las conductas que constituyen el delito de trata de personas. Según la nueva normativa, se consideran actos delictivos la captación, el transporte, el traslado, la retención o la recepción de personas, ya sea dentro del territorio nacional o en el extranjero, con el objetivo de explotación. Para ejecutar estas acciones, la ley señala el uso de amenazas, fuerza, coacción, rapto, fraude o engaño, así como el abuso de poder o de situaciones de vulnerabilidad.
Asimismo, el texto legal incluye la retención, sustracción, ocultamiento o destrucción de pasaportes y documentos oficiales de identidad o viaje como parte del delito. Un cambio relevante es la incorporación de la servidumbre de la gleba como una de las modalidades de explotación sancionadas, ajustando las penas según las circunstancias del caso y el impacto sufrido por la víctima.
Otro avance significativo es la tipificación del matrimonio forzoso y la unión de hecho forzada a través de la incorporación del artículo 163.2 al COIP. Esta disposición establece sanciones de tres a cinco años de prisión para quienes obliguen a otra persona a casarse o establecer una convivencia de pareja sin su consentimiento libre, pleno e informado, utilizando medios como la violencia, la intimidación o el engaño. Esta sanción se extiende a quienes trasladen a una persona fuera de Ecuador con el fin de forzarla a contraer matrimonio, impedir su retorno al país o retenerla en el extranjero.
La ley prevé penas agravadas de cinco a siete años de prisión cuando la víctima sea menor de 18 años o cuando, siendo adulta, no pueda expresar su voluntad o comprender el significado de la unión impuesta. También se aplicará el agravante si el responsable es un miembro del núcleo familiar, ejerce funciones de tutela, representación o autoridad, o si se aprovecha de una posición de poder o dependencia económica.
En el ámbito institucional, la reforma integra a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) en el Comité Interinstitucional de Coordinación para la Prevención de estos delitos y la Protección a sus Víctimas. Este comité deberá operar mediante tres mesas técnicas: una de prevención y promoción de derechos, otra de asistencia y protección, y una tercera dedicada al seguimiento de investigaciones y casos judicializados. Los GAD ahora tienen la obligación de incluir acciones de prevención y atención en su planificación territorial y presupuestaria, debiendo reportar sus avances cada seis meses.
Para combatir la estructura financiera de estas redes, el artículo 31.1 faculta a la Fiscalía General del Estado a realizar investigaciones patrimoniales basadas en informes de inteligencia de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). El objetivo es rastrear e inmovilizar activos generados por la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, permitiendo la coordinación con instituciones homólogas internacionales.
Finalmente, la normativa introduce medidas contra las operaciones digitales de estas redes. Los artículos 44 y 45 contemplan la creación de contenidos de seguridad en el sistema educativo, campañas para grupos vulnerables y herramientas para detectar ofertas laborales o migratorias engañosas en internet. Se implementará una línea de denuncia digital, anónima y gratuita, mientras que el Ministerio de Educación deberá integrar campañas informativas sobre la identificación de riesgos y mecanismos de protección.
La aprobación del proyecto fue unánime, contando con 144 votos de legisladores de ADN, Revolución Ciudadana (RC), Pachakutik, el Partido Social Cristiano (PSC) y sectores independientes. Durante el debate, asambleístas como Gustavo Mateus, Graciela Jiménez, Paola Cabezas, Edwin Jarrín y Xavier Ordóñez coincidieron en la urgencia de robustecer la protección de las víctimas.





