La Corte Suprema ha emitido una resolución fundamental que respalda la estrategia jurídica implementada por la Tesorería General de la República (TGR). En un fallo reciente, el máximo tribunal decidió revocar tres sentencias previas que habían sido dictadas por la Corte de Apelaciones de Arica, las cuales habían acogido diversos recursos de protección presentados por contribuyentes con el objetivo de frenar las acciones de cobro relacionadas con las deudas del Crédito con Aval del Estado (CAE).
Este pronunciamiento judicial se centró específicamente en el análisis de tres causas identificadas con los roles 203-2026, 219-2026 y 299-2026. Tras revisar los antecedentes, el máximo tribunal determinó rechazar los recursos de protección que habían sido interpuestos contra la Tesorería, dejando así sin efecto lo resuelto anteriormente por la instancia de la Corte de Apelaciones de Arica. Con esta medida, se elimina el impedimento legal que pesaba sobre el organismo recaudador en estos casos específicos.
El tribunal ha dejado claro que las acciones de cobro ejecutadas por la Tesorería General de la República se encuentran ajustadas a la normativa legal vigente. De acuerdo con los antecedentes del caso, estas cobranzas se llevan a cabo mediante el procedimiento ejecutivo, el cual está estrictamente contemplado y regulado en los artículos 168 y siguientes del Código Tributario. Este marco legal es el que otorga la base procedimental para que el Estado pueda gestionar la recuperación de los fondos adeudados.
Como consecuencia directa de las recientes sentencias emitidas por la Corte Suprema, se han ratificado de forma contundente las facultades administrativas y legales de la Tesorería General de la República en esta materia. Este respaldo judicial permite la plena continuidad de las acciones de cobranza por parte del Fisco, asegurando que los procesos para la recuperación de las deudas vinculadas al CAE puedan seguir su curso normal sin las interrupciones que habían provocado los fallos previos de la corte regional.
Sobre la relevancia de estas resoluciones, el Jefe de la División Jurídica de la TGR, Juan Pablo Marras, destacó el impacto positivo que tienen estos fallos para el proceso de cobranza institucional. Marras explicó que estas resoluciones ratifican la interpretación legal que la Tesorería ha mantenido consistentemente sobre esta materia. Asimismo, señaló que los fallos respaldan las facultades del organismo para llevar a cabo la cobranza judicial de estos créditos fiscales.
En el análisis del Jefe de la División Jurídica, es relevante subrayar que estas sentencias dejan sin efecto aquellos fallos que eran considerados minoritarios y que existían en contra del Servicio. Debido a esto, Juan Pablo Marras estimó que, con la llegada de estas sentencias del máximo tribunal, la discusión respecto a la constitucionalidad y la legalidad del actuar de la Tesorería General de la República en el cobro del CAE se zanja de manera definitiva.
Finalmente, la Tesorería General de la República aprovechó la instancia para reconocer públicamente la labor profesional desempeñada por su equipo jurídico. La institución destacó la consistencia de las acciones de cobranza emprendidas, las cuales buscan el cumplimiento oportuno de la ley y el resguardo del patrimonio fiscal.
La TGR reiteró que el ejercicio de las facultades entregadas por la normativa vigente es esencial para garantizar el cobro de las obligaciones tributarias y de crédito fiscal. Según la institución, este resguardo del patrimonio del Estado se realiza con el objetivo final de generar un beneficio para todos los chilenos, asegurando que los recursos fiscales sean recuperados conforme a las leyes establecidas.






