El Consejo de Estado de Cuba ha publicado el Decreto-Ley 133, una normativa que permite la constitución de empresas privadas con una plantilla laboral superior a los 100 trabajadores. Esta nueva figura jurídica se integra al ecosistema empresarial de la isla, sumándose a las mipymes (micro, pequeñas y medianas empresas) que fueron creadas en el año 2021. Tras su publicación en la Gaceta Oficial, la norma entrará en vigor en un plazo de siete días.
Esta medida forma parte de un paquete más amplio de 176 transformaciones económicas y sociales que fueron aprobadas por el Gobierno cubano el pasado mes de junio. El objetivo general de estas reformas es liberalizar y descentralizar la economía del país, la cual se encuentra atravesando una profunda policrisis debido a factores tanto internos como externos.
En cuanto a la estructura legal, las nuevas compañías podrán constituirse como Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) en los casos donde existan varios propietarios, o como Sociedades Unipersonales de Responsabilidad Limitada (S.U.R.L.) cuando el negocio tenga un único dueño. Una de las ventajas operativas otorgadas es que estas empresas tendrán la facultad de abrir locales o establecimientos secundarios en cualquier provincia del territorio nacional.
El manejo financiero de estas entidades estará estrictamente regulado. Todas las operaciones monetarias deberán realizarse a través de cuentas bancarias corrientes y la comercialización de bienes y servicios se efectuará en pesos cubanos, a menos que exista una ley específica que permita el uso de divisas para una actividad concreta. Asimismo, antes de recibir la aprobación final, el Banco Central exige que los socios depositen el capital inicial en una cuenta transitoria y certifiquen que los fondos provienen de fuentes lícitas.
Respecto a su gestión, las empresas gozarán de autonomía para fijar sus propios precios, aunque deberán respetar las reglas y los límites establecidos por el Gobierno. También tendrán la potestad de decidir los salarios de sus trabajadores. En el ámbito del comercio exterior, se permitirá la importación y exportación directa, siempre y cuando cuenten con la autorización del Ministerio de Comercio Exterior (Mincex). Además, la ley abre la posibilidad de asociarse con capital extranjero.
La propiedad de estas empresas podrá recaer en ciudadanos cubanos, ya sean residentes en la isla o en el exterior, así como en extranjeros residentes. No obstante, el decreto establece prohibiciones claras: no podrán ser dueños ni administradores los funcionarios o dirigentes del Estado y del Gobierno, ni personas que mantengan deudas o que hayan sido condenadas por delitos incompatibles con el giro del negocio. Adicionalmente, se impone a estas empresas la obligación de mantener una “responsabilidad social” mediante el apoyo a la comunidad.
El decreto también trae novedades para otras figuras económicas. Las cooperativas podrán expandirse geográficamente y realizar actividades de importación y exportación con autorización del Mincex, operando igualmente en pesos cubanos. Por otro lado, el trabajo por cuenta propia mantendrá restricciones, permitiendo la colaboración familiar solo de forma puntual. A los trabajadores por cuenta propia se les permitirá viajar al exterior hasta tres meses por año natural sin perder su licencia y deberán bancarizar los salarios si contratan personal.
Simultáneamente, el Ministerio de Educación publicó la Resolución 30/2026, que autoriza la apertura de Casas de Cuidado Infantil (guarderías) privadas. Para ello, las cuidadoras deberán completar un curso de capacitación, fomentar el respeto a los símbolos nacionales y mantener valores alineados con la sociedad. En el área académica, se permiten las clases de idiomas privadas, requiriéndose que los profesores acrediten un nivel mínimo de B1.
Asimismo, se han autorizado las clases particulares privadas. Los docentes de la educación pública podrán impartir repasos fuera de su horario laboral. Sin embargo, estos profesores no podrán emitir títulos ni diplomas, ni utilizar libros oficiales o instalaciones públicas. Además, deberán realizar una labor social brindando clases gratuitas a niños vulnerables de su comunidad.
Finalmente, el sector inmobiliario experimentará cambios, ya que los propietarios podrán alquilar inmuebles a las nuevas empresas privadas y cooperativas. Todo alquiler deberá contar con un registro de las personas que pernocten en la propiedad durante un periodo de cinco años. Si el arrendatario es un extranjero o un cubano residente en el exterior, los datos deberán reportarse directamente al Ministerio del Interior.
Estas medidas coinciden con las declaraciones del viceministro Carlos Luis Jorge Méndez, quien aseguró que las reformas “van en serio”. El paquete de transformaciones busca dinamizar la agricultura, el comercio exterior y el sector inmobiliario, además de otorgar mayor autonomía a las empresas estatales y permitir capital privado en la actividad financiera, en un contexto de grave crisis agudizada por el bloqueo petrolero y las sanciones impuestas por Estados Unidos.





