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El Gobierno implementa nuevas medidas para facilitar el cobro de préstamos en bancos y fintech

Se trata de dos medidas clave que buscarán facilitar los cobros en fintech y bancos. Cuándo entran en vigor.

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El Gobierno implementa nuevas medidas para facilitar el cobro de préstamos en bancos y fintech

El Gobierno Nacional ha puesto en marcha una serie de estrategias regulatorias con el objetivo primordial de mejorar la cobrabilidad de las cuotas de préstamos, tanto en el sector bancario tradicional como en las entidades fintech. Esta decisión surge como respuesta directa a los elevados niveles de morosidad que afectan actualmente a las personas y familias en el país, una situación que impacta a casi 6 millones de ciudadanos.

El contexto financiero actual muestra que, si bien los incumplimientos de pago parecen haber alcanzado un techo, los porcentajes de mora se mantienen en niveles históricos. No obstante, los informes más recientes difundidos por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) indican una ligera tendencia a la estabilización. En el mes de junio, los atrasos en las deudas familiares dejaron de crecer por primera vez en un periodo de un año y medio, registrando incluso un leve retroceso.

Según los datos detallados en el Informe sobre Bancos del organismo monetario, la tasa de morosidad aplicada a los préstamos personales y a los saldos de las tarjetas de crédito se situó en el 12,8% durante junio. Este número representa una disminución de 0,1 puntos porcentuales en comparación con el mes de mayo. Por otro lado, el porcentaje de irregularidad del crédito, término técnico utilizado para definir la mora en la devolución de los préstamos, se redujo levemente hasta quedar en el 7,6%. Esta pequeña merma es el resultado de una combinación entre la desaceleración del crecimiento de la cartera irregular y un aumento real en el financiamiento total.

Con el propósito de profundizar este proceso de reducción y alcanzar indicadores más favorables, el Ejecutivo ha establecido la implementación de una herramienta denominada "Cobros por Transferencia", la cual entrará en vigencia a partir del lunes 31 de agosto. Este mecanismo autoriza legalmente a las entidades financieras a debitar la cuota pendiente de un préstamo directamente desde la cuenta bancaria o la billetera virtual del cliente que se encuentre en estado de morosidad.

Para que este sistema pueda activarse, es requisito indispensable que el tomador del crédito haya otorgado una autorización expresa a la entidad financiera para realizar dichos débitos automáticos. Un punto fundamental de esta normativa es que el cliente mantiene la potestad de revocar este consentimiento de forma inmediata en cualquier momento que lo considere oportuno.

Asimismo, la normativa contempla salvaguardas para evitar que los usuarios caigan en situaciones de sobreendeudamiento. En este sentido, se establece que las cuotas de los préstamos deben ser fijas e iguales, y bajo ninguna circunstancia podrán superar el 30% de los ingresos mensuales de la persona. Un detalle operativo relevante es que, si el dinero del préstamo fue depositado originalmente en una cuenta de un banco diferente al de la entidad prestamista, la institución que otorgó el crédito estará facultada para debitar la cuota pendiente directamente de esa cuenta de destino en caso de registrarse demoras en el pago.

Para garantizar la transparencia del proceso, la entidad acreedora tiene la obligación de notificar al usuario con al menos un día de anticipación antes de proceder al débito. Además, para evitar conductas que puedan considerarse abusivas, la normativa limita las operaciones de cobro a un intento inicial y un máximo de dos reintentos adicionales, los cuales deben realizarse a las 48 y 96 horas del primer intento.

A pesar de los objetivos gubernamentales, la medida ha generado controversias y críticas dentro del sector financiero. Diversas entidades bancarias y proveedores de crédito han manifestado un bajo interés en la implementación de esta herramienta, argumentando la existencia de "problemas de diseño" significativos.

Las principales objeciones de los bancos radican en la restricción de cobrar únicamente de la cuenta donde se depositó el préstamo. Según el sector, esto plantea dudas sobre la practicidad del sistema, ya que muchas entidades financieras se mostrarían reacias a transferir los fondos de un crédito hacia una cuenta perteneciente a un competidor directo. Sumado a esto, el sector critica que la normativa no permite computar intereses ante los eventuales retrasos en los pagos.

En paralelo a esta herramienta, el Gobierno avanza en una segunda normativa centrada en la ampliación del código de descuento sobre el recibo de sueldo. Este mecanismo permite que los bancos realicen el descuento de las cuotas de los préstamos de manera directa del salario del trabajador. Esta medida, reglamentada bajo el artículo 36 de la reforma laboral, se encuentra actualmente a la espera de que el BCRA defina las normas complementarias y proceda a su publicación oficial para entrar plenamente en vigor.

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