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Santa Cruz blinda legalmente los terrenos del Mercado Mutualista como Patrimonio Municipal

La Alcaldía cruceña declaró patrimonio al mercado Mutualista en medio de la disputa por su propiedad. La Ley Autonómica Municipal declara Bien Municipal Patrimonial al terreno de 46.516,41 metros cuadrados donde funciona el mercado y establece su carácter inviolable, inalienable, inembargable e imprescriptible.

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Santa Cruz blinda legalmente los terrenos del Mercado Mutualista como Patrimonio Municipal

La Alcaldía de Santa Cruz de la Sierra ha formalizado un paso decisivo para la seguridad jurídica de sus activos mediante la aprobación y promulgación de la Ley Autonómica Municipal que declara como Bien Municipal Patrimonial el terreno donde se asienta el Mercado Mutualista. Este predio, ubicado estratégicamente en el Distrito Municipal 2, queda ahora consolidado bajo un carácter público, lo que garantiza su protección legal frente a cualquier intento de apropiación o cambio de destino.

De acuerdo con los detalles técnicos de la normativa, el terreno afectado por esta ley posee una superficie total de 46.516,41 metros cuadrados. La norma es explícita al señalar que el uso de suelo se mantiene como público institucional de servicio. Esta designación tiene como objetivo fundamental asegurar que el espacio siga destinado a brindar el servicio público municipal de abastecimiento, satisfaciendo así las necesidades colectivas de la población cruceña.

El alcalde de Santa Cruz de la Sierra, Manuel Saavedra, celebró la aprobación de esta medida y extendió sus felicitaciones al Concejo Municipal, así como a todas las personas que acompañaron el proceso legislativo. Para el burgomaestre, esta decisión no es un simple trámite administrativo, sino que representa una defensa activa del patrimonio y del territorio de Santa Cruz. Saavedra afirmó que se ha enviado una "gran señal", destacando que el beneficiario final de este proceso es la ciudad, su patrimonio y su territorio.

En términos legales, la Ley Autonómica Municipal otorga al predio una protección robusta. El terreno adquiere de manera expresa e irreversible la condición de ser inviolable, inalienable, inembargable e imprescriptible. Este blindaje jurídico se fundamenta en el artículo 339, parágrafo II, de la Constitución Política del Estado, lo que impide que la propiedad pueda ser vendida, embargada por deudas o adquirida por el paso del tiempo por terceros.

Asimismo, la normativa establece que la ley misma constituye el título originario y suficiente para que el inmueble sea inscrito de manera preferente y de pleno derecho a nombre del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ante las oficinas de Derechos Reales. Esta medida busca eliminar cualquier ambigüedad sobre la propiedad del terreno y asegurar que el registro oficial coincida con la realidad jurídica actual.

Durante su intervención, el alcalde Saavedra fue enfático al señalar que esta medida brinda la certeza de que los bienes de los cruceños serán defendidos y protegidos. El mandatario municipal subrayó que los intereses externos, así como las "angurrias de plata y de poder", nunca podrán prevalecer por encima de los intereses colectivos de la región.

La ley también hace un reconocimiento a la trayectoria del predio, ratificando su finalidad histórica y pública. Basándose en los registros del archivo municipal, la normativa señala que el terreno mantiene la finalidad que motivó las expropiaciones concluidas en el pasado, reafirmando que el espacio está destinado de manera permanente al funcionamiento del Mercado Mutualista como la infraestructura necesaria para la prestación de un servicio público municipal.

En cuanto a los pasos a seguir para la plena vigencia de la norma, el alcalde explicó que, tras su aprobación y promulgación, el siguiente paso es la publicación oficial en la Gaceta Autonómica Municipal. La ley entrará en vigor precisamente el día siguiente a dicha publicación.

Dentro de las disposiciones finales, la Ley instruye al Órgano Ejecutivo Municipal llevar a cabo la regularización técnica y el registro del derecho propietario definitivo a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. Para garantizar la celeridad del proceso, se ha establecido un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la publicación, para la emisión del Decreto Edil de ejecución, la organización del archivo físico-digital del caso y el inicio formal de los trámites de matriculación registral ante Derechos Reales.

Finalmente, Manuel Saavedra expresó su profundo agradecimiento hacia los gremiales y la ciudadanía en general, quienes brindaron su acompañamiento durante todo el proceso. El alcalde destacó que el pueblo cruceño espera que sus representantes defiendan los intereses de la ciudad, reafirmando su compromiso con la protección de los activos municipales.

Esta nota fue producida por la redacción de Noticias.lat: verificamos la información en fuentes públicas y la reescribimos con nuestro criterio editorial. No republicamos textos de terceros.

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