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Tribunal Constitucional rechaza requerimiento contra Johannes Kaiser por declaraciones sobre el golpe de Estado

La mayoría de la magistratura constitucional estimó que la solicitud de los parlamentarios del PS y PC ya no tenía sentido debido a que el libertario terminó su periodo en la Cámara. Las ministras Yáñez y Precht y el ministro Gómez estuvieron por acoger.

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Tribunal Constitucional rechaza requerimiento contra Johannes Kaiser por declaraciones sobre el golpe de Estado

El Tribunal Constitucional (TC) resolvió este jueves el requerimiento presentado por parlamentarios del Partido Socialista (PS) y del Partido Comunista (PC) en contra del exdiputado Johannes Kaiser. La acción judicial, interpuesta en 2025, buscaba sancionar al líder libertario debido a declaraciones emitidas durante una entrevista periodística en la que se refería al golpe de Estado, mientras se desempeñaba como candidato presidencial.

La resolución del organismo fue clara al desestimar la petición de los legisladores. Por una votación de siete votos a favor y tres en contra, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento. La mayoría que determinó este resultado estuvo integrada por la presidenta del tribunal, María Pía Silva, junto a los ministros Miguel Ángel Fernández, Héctor Mery, Raúl Mera y las ministras Daniela Marzi, Catalina Lagos y Marcela Peredo. En contraposición, la minoría que apoyaba la petición estuvo conformada por las ministras Nancy Yáñez y Alejandra Precht, además del ministro Mario Gómez.

El origen de este conflicto jurídico se remonta a una entrevista concedida por Johannes Kaiser al periodista Tomas Mosciatti en el canal Mega. Durante el diálogo, Mosciatti planteó una pregunta hipotética al entonces diputado: “¿Si se dieran las mismas circunstancias que en 1973, usted apoyaría un nuevo golpe de Estado?”. Ante esta interrogante, Kaiser respondió de manera categórica: “Sin duda, absolutamente”. Ante la insistencia del periodista, quien consultó si apoyaría dicha acción “con todas las consecuencias”, el político respondió: “Con todas las consecuencias, lamentablemente. Y eso es algo de lo que tenemos que hacernos cargo”.

Basándose en estas declaraciones, los parlamentarios requirentes argumentaron que las expresiones de Kaiser se encuadraban en una de las causales de cesación de cargo establecidas en la Constitución. Específicamente, señalaron que el legislador había incurrido en la conducta de quien, ya sea por palabra o por escrito, "incite a la alteración del orden público o propicie el cambio del orden jurídico institucional por medios distintos de los que establece esta Constitución, o que comprometa gravemente la seguridad o el honor de la Nación".

No obstante, uno de los argumentos centrales esgrimidos por el Tribunal Constitucional para rechazar la solicitud fue la falta de fundamento actual de la petición, debido a que Johannes Kaiser ya no ostenta la calidad de parlamentario. El tribunal señaló que el periodo de diputado de Kaiser ya había finalizado, lo que eliminaba cualquier posibilidad de ejecutar la sanción solicitada. Al respecto, el TC indicó que existe una "ausencia de un conflicto", puesto que no hay una situación constitucional que permita un pronunciamiento decisorio, ya que el objetivo —la declaración de cese en el cargo parlamentario según el artículo 60— ya no subsiste, pues la cesación ocurrió por el término natural del mandato.

A pesar del fallo mayoritario, el tribunal dejó constancia de visiones divergentes. En el voto de minoría, suscrito por la ministra Yáñez y el ministro Gómez, se afirmó que las palabras de Kaiser en la entrevista de Mega "han quebrantado el principio de supremacía constitucional y del Estado de Derecho". Según este grupo, al reivindicar un régimen responsable de graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, y justificar sus consecuencias, los dichos de Kaiser alcanzaron el "umbral de incitación a la violencia prohibido por el orden democrático que ha jurado respetar".

Por su parte, la ministra Alejandra Precht expuso en su voto que un golpe de Estado, por su propia naturaleza, provoca un cambio de orden institucional, argumentando que derrocar al Poder Ejecutivo y "descabezando al Presidente de la República" atenta claramente contra la institucionalidad orgánica del Estado.

Finalmente, el ministro Raúl Mera dejó asentada una prevención relevante sobre la interpretación de la norma. Mera sostuvo que el constituyente buscó evitar la sanción de representantes electos por manifestar opiniones, incluso aquellas que puedan ser consideradas censurables o posiciones personales sobre hechos hipotéticos e imaginarios propuestos por terceros, como fue el caso del periodista. Según el ministro, la inhabilidad constitucional debe limitarse a actos o dichos que busquen generar un quiebre institucional efectivo, diferenciando la simple manifestación de una opinión o simpatía repudiable de la acción de impulsar o facilitar que se rompa el orden constitucional.

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