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Justicia confirma el procesamiento de Juan Grabois por la ocupación del Instituto Juan Domingo Perón

La Justicia rechazó la apelación de la defensa y mantuvo la acusación por usurpación y resistencia a la autoridad. Los testimonios policiales y las grabaciones afirman que el dirigente social era la cabeza del grupo que ingresó al inmueble.

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Justicia confirma el procesamiento de Juan Grabois por la ocupación del Instituto Juan Domingo Perón

La Cámara Criminal y Correccional Federal ha confirmado el procesamiento del dirigente social Juan Grabois en relación con el ingreso al inmueble donde anteriormente funcionaba el Instituto Juan Domingo Perón. La decisión, emanada de la Sala I del tribunal, ratifica la imputación del dirigente por los hechos ocurridos en junio de 2025, rechazando gleichzeitig la apelación que había sido presentada por su equipo de defensa técnica.

El fallo judicial no solo mantiene el procesamiento, sino que también ratifica la medida cautelar consistente en un embargo de 5 millones de pesos sobre los bienes de Juan Grabois. Según el razonamiento de los magistrados, la cuantía de este embargo se considera adecuada y se ajusta a los parámetros procesales vigentes. El objetivo de esta medida es garantizar el pago de una eventual pena pecuniaria, cubrir las responsabilidades civiles que pudieran derivarse del hecho y asegurar el pago de las costas judiciales.

Los hechos que originaron la causa judicial se remontan al 7 de junio de 2025, en el edificio ubicado en las calles Austria 2593/2601, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). El inmueble en cuestión había sido cerrado previamente mediante la aplicación del Decreto 346/25, norma que dispuso formalmente el cierre del Instituto Juan Domingo Perón.

De acuerdo con los detalles expuestos en la resolución, el tribunal analizó la actividad del dirigente en las redes sociales previo al incidente. Se determinó que Grabois había difundido, el día anterior a la ocupación, una convocatoria abierta a través de las plataformas X e Instagram. En dichas publicaciones, instaba a las personas a concurrir al lugar bajo la consigna específica de "defendamos el Instituto Juan Domingo Perón y el Bar ‘Un café con Perón’".

Para sustentar la decisión de procesar al dirigente, los camaristas se basaron en un conjunto de pruebas incorporadas al expediente. Entre ellas, destacan los testimonios brindados por el personal policial y diversas grabaciones audiovisuales. Según el tribunal, estas evidencias ubican a Juan Grabois no solo en el lugar de los hechos, sino situándolo a la cabeza del grupo de personas que ingresó al inmueble estatal.

La resolución judicial señala además que el grupo que participó en la acción provocó diversos daños en las instalaciones del edificio. Asimismo, se dejó constancia de que los presentes permanecieron en el lugar a pesar de las órdenes explícitas emitidas por los funcionarios públicos presentes en el operativo.

En este contexto, el tribunal sostuvo que Grabois ingresó al inmueble junto con el grupo de personas que él mismo había convocado y que, posteriormente, se negó a abandonar el sitio ante las órdenes directas de la policía. Por tales motivos, la Sala I consideró que las conductas atribuidas al dirigente social pueden encuadrarse, en esta etapa de la investigación, dentro de las figuras penales de usurpación y resistencia a la autoridad.

Es importante destacar que la Cámara aclaró que la calificación legal otorgada es de carácter provisorio. Esto significa que la tipificación de los delitos podrá ser revisada y modificada durante el transcurso del proceso judicial. Al respecto, el texto menciona que el fiscal interviniente había planteado una calificación legal diferente para los hechos, aunque cabe señalar que el representante del Ministerio Público Fiscal no apeló los procesamientos.

Finalmente, el fallo de la Sala I confirmó la resolución apelada en todos los puntos que fueron materia de recurso. En el mismo sentido, el tribunal ratificó el procesamiento de Valentín Peralta. Asimismo, los jueces rechazaron el pedido presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que solicitaba intervenir en la causa en calidad de amicus curiae.

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