La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) ha puesto en marcha una propuesta regulatoria que busca endurecer las condiciones para la obtención y renovación del pasaporte en México. El eje central de esta iniciativa es la integración del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA) como un factor determinante para la expedición de este documento de identidad y viaje, estableciendo que el incumplimiento de las obligaciones alimentarias podría derivar en la negativa de dicho trámite.
De acuerdo con la información disponible en la Plataforma Integral de Gobernanza Regulatoria del Gobierno federal, la SRE plantea introducir modificaciones sustanciales al Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje. El objetivo primordial de estas reformas es que el hecho de aparecer como persona deudora en el RNOA se convierta en un impedimento administrativo formal. Esto implicaría que cualquier ciudadano que se encuentre registrado en dicho padrón podría enfrentar la denegación de su pasaporte, ya sea que esté solicitando la expedición del documento por primera vez o que requiera su renovación.
La propuesta legal se fundamenta específicamente en la información proporcionada por la autoridad competente, basándose en lo establecido en el Artículo 135 Sexties de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Esta vinculación normativa busca asegurar que el derecho al libre tránsito, representado por la posesión de un pasaporte, esté condicionado al cumplimiento de las responsabilidades básicas de manutención hacia los menores de edad.
Un punto relevante de la propuesta es la operatividad de la medida. Aunque la iniciativa es clara al señalar que la restricción se aplicaría al momento de solicitar la expedición o la renovación del documento, todavía existen interrogantes sobre el mecanismo técnico de implementación. Hasta el momento, no se ha precisado si la verificación de la situación del solicitante en el RNOA se realizará de manera automática durante el proceso de trámite, si se llevará a cabo mediante una búsqueda manual en el registro por parte del funcionario, o si el sistema operará a través de un "boletinado" que alerte inmediatamente sobre los solicitantes que presentan este impedimento.
Este conjunto de cambios se encuentra detallados en el denominado “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del reglamento de pasaportes y del documento de identidad y viaje”. Para que estas medidas entren en vigor, el proceso requiere que los cambios propuestos por la dependencia federal sean aprobados y posteriormente publicados por el Ejecutivo Federal mediante un decreto oficial en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Solo tras esta publicación legal, la SRE podrá ejecutar la denegación de pasaportes basada en el registro de deudores alimentarios.
Cabe destacar que, de aprobarse, este impedimento se sumaría a otras restricciones administrativas ya contempladas en la normativa. En el texto de la propuesta se menciona que se mantendrá como un impedimento administrativo el caso de personas que mantengan dos matrimonios civiles activos simultáneamente, sin que uno de ellos haya sido debidamente anulado, ya sea que el trámite de anulación se haya realizado ante el Registro Civil o a través de una Oficina Consular.
En resumen, la SRE busca alinear la expedición de documentos de viaje con el cumplimiento de obligaciones legales prioritarias, situando la deuda alimentaria al mismo nivel de gravedad administrativa que la bigamia para efectos de la obtención del pasaporte. El proceso se encuentra actualmente en fase de regulaciones, a la espera de la validación final y su posterior publicación oficial para que sea aplicable a la ciudadanía.




