Un grupo de seis magistrados ha presentado una propuesta de ley con el objetivo fundamental de modificar la estructura de nombramientos dentro de la institución judicial. Los magistrados Paul Rueda, Luis Fernando Salazar, Jorge Leiva, Patricia Vargas, Porfirio Sánchez y Jorge Olaso son los impulsores de este proyecto, el cual busca retirar a la Corte Plena la potestad de designar jueces y trasladar dicha responsabilidad al Consejo Superior del Poder Judicial, que actúa como el órgano administrativo de la institución.
La iniciativa ha sido denominada formalmente como “Ley de traslado de competencias de Corte Plena al Consejo Superior en materia de nombramiento de jueces y juezas”. Según las explicaciones brindadas por el magistrado Jorge Olaso, integrante de la Sala Segunda, la propuesta se estructura en tres artículos principales. El propósito central de esta reforma es lograr una descentralización de las funciones que actualmente recaen sobre la Corte, lo que, a su vez, permitiría agilizar los procesos de nombramientos y fomentar una mayor eficiencia en la administración general de la justicia.
Para que este proyecto de ley se haga realidad, deberá seguir un camino administrativo y consultivo. En primera instancia, la propuesta debe ser analizada y conocida por la dirección jurídica del Poder Judicial. Posteriormente, el proyecto será sometido a la revisión de los magistrados y magistradas de la institución, así como a los gremios sindicales, quienes deberán pronunciarse sobre los cambios propuestos.
En términos técnicos, el proyecto plantea modificaciones profundas en dos cuerpos normativos esenciales: la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Carrera Judicial. El objetivo es que el Consejo Superior asuma diversas competencias que hoy son exclusivas de la Corte Plena en lo relativo a la designación de personal judicial.
El primer artículo de la propuesta se enfoca en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Específicamente, busca eliminar la referencia a las “juezas y jueces de apelación y tribunales colegiados” que se encuentra en el inciso 9) del artículo 59. Asimismo, el proyecto plantea la supresión del inciso 2) del artículo 86 de la misma ley, el cual establece actualmente que ciertos nombramientos son competencia de la Corte. Al respecto, el magistrado Olaso aclaró que, mediante la eliminación de estos apartados, se retirarían las funciones de la Corte respecto a los nombramientos de "juez 4 y juez 5", que es el área que corresponde a su gestión.
El segundo artículo del proyecto se centra en la modificación de la Ley de Carrera Judicial. La propuesta sugiere eliminar del inciso c) del artículo 68 cualquier referencia a los “nombramientos que corresponden a la Corte Suprema de Justicia y al Consejo Superior”. De igual manera, se busca suprimir del inciso 3) de dicho artículo la frase “a la Corte Suprema de Justicia y según corresponda”.
Por su parte, el tercer artículo establece una disposición general, descrita por el magistrado Olaso como una “norma genérica o de cajón”. Esta medida tiene como finalidad evitar que existan otras normas legales que mantengan atribuciones de la Corte Plena en esta materia. La disposición establece que cualquier referencia en cualquier norma legal que atribuya a la Corte Plena competencias sobre nombramientos, remoción durante el periodo de prueba, aprobación, rechazo, ascensos, permutas, traslados o becas de jueces y juezas, pasará a ser competencia exclusiva del Consejo Superior del Poder Judicial.
Desde la perspectiva del magistrado Jorge Leiva, de la Sala Primera, esta iniciativa representa el primer paso de un proceso más amplio de revisión de funciones que la Corte está llevando a cabo sobre los procesos de ingreso a la carrera judicial y al resto del Poder Judicial. Leiva señaló que se trata de una reforma puntual y manifestó que es probable que exista acuerdo en la cámara, ya que la esencia del proyecto es trasladar al Consejo Superior temas de nombramientos, ascensos, traslados, y la gestión de aprobación o rechazo de los periodos de prueba.
Finalmente, el magistrado Leiva subrayó que, con esta reforma, se concentrarían en el Consejo Superior las competencias que este órgano ya ejerce de manera parcial, eliminando así la intervención de la Corte Plena en estos procesos administrativos. Estas declaraciones fueron emitidas durante una sesión de la Corte Plena.





