ÚLTIMA HORA

Cobertura 24 h · Redacción propia · domingo, 1 de noviembre de 2026 · App oficial en Google Play

Menú

Condenan a empresa de transporte a pagar más de 44 millones por accidente de adolescente en San Justo

El accidente ocurrió en 2022 en San Justo, cuando el chofer de la línea 382 frenó bruscamente para evitar un obstáculo y el adolescente sufrió una fractura en la pierna izquierda. La familia demandó a la empresa de transporte y la Cámara elevó el monto de la indemnización.

Audionoticia

Escucha el reporte completo

Condenan a empresa de transporte a pagar más de 44 millones por accidente de adolescente en San Justo

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ha dictado una sentencia que obliga a la empresa de transporte Nueva Ideal S.A. a abonar una millonaria indemnización a un adolescente que resultó gravemente lesionado mientras viajaba en una de sus unidades. El monto total fijado por los magistrados asciende a $44.920.000, suma que deberá cubrir conceptos de incapacidad, daño moral y tratamiento psicológico, además de los intereses correspondientes.

El hecho que originó el conflicto judicial ocurrió el 16 de mayo de 2022 en la localidad de San Justo, partido de La Matanza. En esa fecha, el joven Mariano Correa Ojeda se trasladaba como pasajero en el interno 474 de la línea 382. Mientras la unidad circulaba por la zona, al alcanzar la intersección de las calles Presidente Perón e Illia, el conductor del colectivo realizó una maniobra de frenada brusca y repentina.

Según consta en las actuaciones judiciales, la acción del chofer fue motivada por una situación imprevista en la calzada: la presencia de varias personas que se encontraban empujando un vehículo sobre la vía pública. Ante este escenario, el conductor frenó violentamente para evitar un posible incidente vial, pero la brusquedad de la maniobra provocó que el adolescente perdiera el equilibrio. Como consecuencia directa de la caída dentro de la unidad, Correa Ojeda sufrió una fractura de la tibia proximal izquierda, además de diversos traumatismos y excoriaciones.

Ante la gravedad de las lesiones, la familia del joven inició una demanda por daños y perjuicios dirigida contra la empresa Nueva Ideal S.A., responsable del servicio de transporte, y su correspondiente aseguradora, Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros. La parte actora sostuvo que el accidente no fue un hecho inevitable, sino el resultado de una conducción inadecuada por parte del chofer, quien no habría manejado con la prudencia necesaria dadas las circunstancias del entorno.

Durante el transcurso del proceso legal, la empresa Nueva Ideal S.A. intentó desligarse de la responsabilidad civil, argumentando que la maniobra fue una respuesta necesaria ante un evento externo. Sin embargo, este argumento fue rechazado por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Los magistrados determinaron que la situación no podía calificarse como un evento imprevisible, ya que el conductor había advertido previamente que había personas empujando un vehículo sobre la calzada.

En el análisis de la sentencia, los jueces subrayaron que la detección previa de aquel obstáculo obligaba al chofer a extremar todas las precauciones posibles y a mantener un control riguroso de la unidad para evitar que los pasajeros se vieran afectados. En este sentido, el fallo recordó un principio fundamental del derecho de transporte: las empresas de transporte público tienen una obligación de seguridad estrictamente vinculada a sus pasajeros, lo cual implica garantizar que el viaje se desarrolle en condiciones adecuadas y seguras desde el inicio hasta el final del recorrido.

El 14 de octubre de 2026, la Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil resolvió modificar parcialmente la sentencia que había sido dictada en primera instancia. Tras evaluar los daños sufridos por el adolescente, los magistrados fijaron la indemnización definitiva en $44.920.000. Este monto global desglosa la compensación por la incapacidad física derivada de la fractura de tibia, el daño moral ocasionado por el suceso y el costo del tratamiento psicológico requerido por la víctima.

Finalmente, la Cámara mantuvo la condena contra Nueva Ideal S.A., con la intervención de Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, y decidió imponer las costas de la apelación a la empresa transportista. Cabe destacar que, si bien el fallo ya establece los montos y responsabilidades, la resolución corresponde a una sentencia de segunda instancia y, por lo tanto, todavía no ha quedado firme.

Esta nota fue producida por la redacción de Noticias.lat: verificamos la información en fuentes públicas y la reescribimos con nuestro criterio editorial. No republicamos textos de terceros.

Cobertura en Video