El Gobierno, a través de los grupos parlamentarios del PSOE y Sumar, ha dado un paso decisivo hacia la formalización de una disciplina fundamental para la seguridad y la justicia en el país. Este martes se ha registrado en el Congreso de los Diputados una proposición de ley que busca regular, por primera vez y de manera integral, el ejercicio profesional de la Criminología en España. La iniciativa tiene como objetivo principal reconocer las funciones de estos profesionales, ordenar el acceso a la profesión y establecer un marco normativo que elimine la actual incertidumbre jurídica.
Hasta el momento, la criminología contaba con un sólido reconocimiento en el ámbito universitario, pero carecía de una regulación estatal específica que coordinara su aplicación en el mundo laboral. Esta ausencia de normativa propia había generado diversas dificultades, especialmente en lo relativo al acceso al empleo, tanto en el sector público como en el privado, y había creado obstáculos para asegurar que quienes desempeñaran estas funciones poseyeran la cualificación académica necesaria. La nueva ley pretende poner fin a esta situación, dotando a la profesión de un marco legal coherente y seguro.
El acto de registro en la Cámara Baja contó con la presencia de figuras clave, entre ellas el presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, Joaquín Martínez Salmerón, así como los portavoces de PSOE y Sumar en dicha comisión, Francisco Aranda y Enrique Santiago. Asimismo, el proceso contó con el respaldo y la asistencia de representantes de los colegios profesionales, específicamente del vicedecano y el secretario del Colegio de Criminólogos de Madrid, Abel González y Ramón Chippirrás.
Cabe destacar que este texto no es una iniciativa aislada, sino que amplía una propuesta presentada meses atrás por el Grupo de Sumar. La versión actual incorpora una fase técnica exhaustiva, fruto de los trabajos desarrollados por representantes de todos los Colegios Profesionales de Criminología de España. Estos trabajos se llevaron a cabo en el marco de una Mesa constituida con el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, asegurando que la ley responda a las necesidades reales de la disciplina. De hecho, diversas fuentes colegiales han indicado que se mantienen contactos activos con los distintos grupos parlamentarios para alcanzar el mayor consenso posible y aspirar a una aprobación por unanimidad.
En cuanto a los requisitos para ejercer, la proposición es clara: el ejercicio de las funciones de la criminología quedará reservado exclusivamente a quienes posean un título universitario oficial en Criminología o un título extranjero debidamente homologado. Esta exigencia será vinculante para todos los sectores, incluyendo el público, el privado y el social, así como para cualquier entidad que contrate profesionales para desarrollar estas labores.
El texto detalla exhaustivamente las competencias que se atribuyen a los criminólogos. Entre ellas se encuentran el diseño y la ejecución de investigaciones sobre el fenómeno criminal, la aplicación de teorías criminológicas al comportamiento delictivo y la creación y evaluación de políticas destinadas a la prevención del delito y de la victimización. Además, los profesionales estarán habilitados para atender y asesorar a las víctimas, elaborar dictámenes técnicos e informes, y participar activamente en programas de tratamiento, reinserción y ejecución de medidas judiciales.
La ley estructura el ejercicio profesional en diversas áreas estratégicas. Estas incluyen el análisis y la investigación criminológica; la prevención del delito y la seguridad; la ejecución penal; la reinserción y la justicia restaurativa; y la atención especializada a víctimas y protección de personas en situación de especial vulnerabilidad.
Otro de los ejes fundamentales de la proposición es el incremento de la presencia de criminólogos en las Administraciones Públicas. La ley contempla que las administraciones incorporen esta figura profesional en sus relaciones de puestos de trabajo y ofertas de empleo público siempre que las competencias del cargo así lo requieran, siguiendo los principios de igualdad, mérito y capacidad. Para garantizar que esto se cumpla, se establece un plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la norma para que las administraciones adapten sus plantillas y puestos de trabajo. Asimismo, se impulsará su integración en órganos consultivos, comisiones técnicas y organismos de diseño de políticas públicas en materias de seguridad, convivencia, justicia, igualdad y protección de menores.
En el ámbito judicial, la colegiación será obligatoria para aquellos criminólogos que actúen ante juzgados y tribunales, exceptuando a quienes lo hagan al servicio de administraciones o entidades públicas por razones de dependencia laboral o funcional. Para coordinar todo este entramado, la ley propone la creación del Consejo General de Colegios de Criminología, que actuará como órgano estatal de representación y gobierno de la profesión, coordinando los colegios territoriales y fijando los requisitos mínimos para la actividad pericial.
Finalmente, la iniciativa prevé la creación de un Registro Nacional de Criminología de acceso público, gestionado por el Consejo General, donde consten los profesionales habilitados legalmente. Para garantizar la ética profesional, la ley establece el deber de secreto profesional y confidencialidad, y contempla la aprobación de un código deontológico obligatorio, acompañado de un régimen disciplinario y sancionador para los colegiados.



