El juez José Luis Calama, responsable de conducir la instrucción del denominado caso Plus Ultra, ha dictado un auto mediante el cual rechaza el incidente de nulidad interpuesto por el expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero. El magistrado ha determinado que no se han vulnerado los derechos fundamentales del antiguo mandatario, zanjando así la pretensión de la defensa de anular la investigación judicial que pesa sobre él.
La causa judicial en la que se encuentra implicado José Luis Rodríguez Zapatero gira en torno a la presunta existencia y liderazgo de una red de tráfico de influencias. Según la tesis de la investigación, dicha estructura habría operado para favorecer los intereses de la compañía aérea Plus Ultra, así como de otras empresas relacionadas. Con este auto, que tiene la particularidad de no admitir recurso, el juez Calama pone fin a los intentos del expresidente por detener el proceso judicial a través de la vía de la nulidad.
En cuanto al desarrollo procesal de esta solicitud, el auto revela que el juez Calama había inadmitido inicialmente el escrito presentado por la defensa de Zapatero, basándose en que el documento había sido entregado fuera del plazo legalmente establecido. No obstante, el magistrado rectificó posteriormente esta decisión inicial, aceptando estudiar diversas alegaciones planteadas por la parte investigada. Tras analizar los argumentos y siguiendo el criterio expresado por el fiscal, el juez ha decidido finalmente rechazarlos en su totalidad.
Uno de los puntos centrales del conflicto jurídico radicaba en la legalidad de las pruebas obtenidas. La defensa de José Luis Rodríguez Zapatero había argumentado que el análisis policial de las conversaciones de un abogado, hecho que fue el detonante de la presente investigación, constituyó una injerencia no autorizada en el secreto de las comunicaciones y una violación de la intimidad del letrado investigado. Bajo esta premisa, la defensa sostenía que dicha prueba debía ser anulada, lo que desencadenaría una cadena de nulidades que afectaría a la totalidad de la causa judicial, invalidando así el proceso.
Sin embargo, el juez Calama ha negado categóricamente esta interpretación. El magistrado ha señalado que la Policía no actuó de forma arbitraria, sino que analizó datos que habían sido previamente obtenidos gracias a la autorización de un tribunal francés y contando con la cooperación necesaria de un tribunal español. Al existir este respaldo judicial internacional y nacional, el juez ha determinado que no hubo vulneración de derechos fundamentales en la obtención de dicha información.
Asimismo, el auto aborda otra de las quejas de la defensa referida a la metodología de la investigación. Zapatero alegaba que la Fiscalía había llevado a cabo una investigación paralela que se solapaba con la labor del juez instructor, actuando al margen de la dirección judicial. El magistrado ha rechazado este argumento, avalando la legalidad de haber iniciado el procedimiento a través de una pieza separada. Según el criterio del juez, esta pieza separada mantiene una conexión clara con la causa principal y ha subrayado que la apertura de dicho procedimiento no exige que los hechos provengan exclusivamente de la causa matriz.
Finalmente, el juez ha respondido a las dudas sobre la asignación del caso. La defensa cuestionaba que la denuncia presentada por la Fiscalía no se hubiera sometido al reparto habitual de juzgados, sugiriendo que esto podría vulnerar el derecho al juez predeterminado por la ley. El magistrado ha descartado esta posibilidad, afirmando que la actuación procesal seguida se ajustó estrictamente a la lógica jurídica y que, por lo tanto, no se afectó el derecho fundamental invocado por el expresidente.
Con esta resolución, el juez José Luis Calama despeja el camino para que la investigación del caso Plus Ultra continúe su curso normal. José Luis Rodríguez Zapatero permanece, por tanto, bajo investigación por el presunto liderazgo de una red de influencias destinada a beneficiar a la aerolínea Plus Ultra y a otras entidades empresariales.




