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JCE ratifica legalidad de matrimonio de pareja trans en República Dominicana

Por JAVIER PEGUERO Jayden Resto Holguín y Regina Balaguer de Resto formalizaron su unión ante el Registro Civil; el organismo aclara que, conforme a sus actas de nacimiento y documentos de identidad, se trata jurídicamente de un hombre y una mujer. SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral (JCE) confirmó este lunes la legalidad del matrimonio ... La entrada JCE confirma legalidad matrimonio de pareja trans y explica documentos registrales cumplen la ley se publicó primero en Barrigaverde.net .

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JCE ratifica legalidad de matrimonio de pareja trans en República Dominicana

¿Es legal el matrimonio de una pareja trans en República Dominicana? La Junta Central Electoral ha respondido a esta interrogante tras la reciente unión de Jayden Resto Holguín y Regina Balaguer de Resto.

El organismo electoral confirmó que el matrimonio es legal y cumple con las disposiciones constitucionales vigentes. La clave de esta resolución radica en los documentos oficiales: para fines del Registro Civil, los contrayentes poseen identidades registrales diferentes. Jayden Resto Holguín figura registrada como mujer, mientras que Regina Balaguer de Resto aparece registrada como hombre.

La JCE fundamentó su posición en el artículo 55 de la Constitución, que establece que el Estado protegerá la familia basada en el matrimonio entre un hombre y una mujer. Al basarse estrictamente en las actas de nacimiento y documentos de identidad, la institución determinó que la unión se celebró entre una persona inscrita como mujer y otra como hombre.

La pareja, que mantiene una relación sentimental desde hace aproximadamente dos años tras conocerse en redes sociales, informó haber enfrentado dificultades iniciales en el proceso de formalización debido a su apariencia. Por ello, recibieron orientación de la organización Trans Siempre Amigas y otras entidades de derechos humanos.

Es fundamental precisar que la JCE aclaró que este caso no constituye una modificación de las normas dominicanas ni supone el reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo. La particularidad del hecho reside en la diferencia entre la identidad de género con la que ambos viven públicamente y la información que aún figura en sus documentos oficiales.

Este caso abre un nuevo debate nacional sobre el Registro Civil, la identidad de género y el alcance de los derechos de las personas trans frente a la legislación actual.

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