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Alerta sanitaria: ANMAT prohíbe la comercialización de diversos medicamentos y productos por robos y riesgos a la salud

La medida alcanza a dos lotes específicos del producto, que fueron prohibidos en todo el país tras una disposición publicada en el Boletín Oficial. El organismo de control difundió también otras alertas sanitarias y restricciones sobre medicamentos.

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Alerta sanitaria: ANMAT prohíbe la comercialización de diversos medicamentos y productos por robos y riesgos a la salud

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha emitido una serie de disposiciones oficiales mediante las cuales prohíbe el uso, la distribución y la comercialización de diversos productos farmacéuticos y sanitarios en todo el territorio argentino. Las medidas, publicadas este jueves en el Boletín Oficial y firmadas por el responsable del organismo, Luis Eduardo Fontana, responden a situaciones diversas que van desde hechos delictivos en plantas industriales hasta la detección de riesgos carcinogénicos en componentes farmacéuticos.

Una de las medidas más destacadas se centra en la prohibición de dos lotes específicos de una conocida línea de cremas destinadas al tratamiento de dolores musculares. A través de la Disposición 4753/2026, el organismo de control restringió la circulación de los productos “Átomo Desinflamante Forte” y “Átomo Desinflamante Clásico”. Esta decisión fue tomada luego de que la empresa titular informara sobre un hecho ilícito ocurrido en las instalaciones de Dalban Pharma S.A., específicamente en su planta ubicada en Haedo, donde fueron sustraídas más de nueve mil unidades de estos productos.

Según el detalle proporcionado en la normativa, los lotes afectados por el robo comprenden 5.740 unidades de “Átomo Desinflamante Forte” (crema de 100 gramos, lote 00023, con vencimiento en mayo de 2028) y 3.360 unidades de “Átomo Desinflamante Clásico” (crema de 110 gramos, lote 00214, también con vencimiento en mayo de 2028). La empresa aclaró que los productos fueron robados como unidades terminadas, que no habían tenido comercialización previa y que los remanentes fueron enviados a destrucción. La ANMAT fundamentó la prohibición basándose en que se desconoce el estado de conservación y la condición de estas unidades, lo que impide acreditar su seguridad y trazabilidad, poniendo en riesgo a los eventuales usuarios.

En relación con el mismo hecho delictivo en la planta de Laboratorios Dalban, el organismo publicó la Disposición 4754/2026, mediante la cual prohibió el uso y la venta de tres lotes del jarabe Zetrotrax. En este caso, fueron sustraídas 2.314 unidades del lote EAIB6, 1.706 unidades del lote EAIB7 y 2.340 unidades del lote EAIB8. Un detalle relevante es que estos productos aún no se encontraban en su envase secundario o estuchados, aunque sí poseían la etiqueta correspondiente. Al igual que con las cremas, la ANMAT determinó que, al desconocerse las condiciones de almacenamiento y conservación post-robo, no es posible garantizar la seguridad de los fármacos.

Por otro lado, la ANMAT extendió sus restricciones a productos de uso domisanitario. A través de la Disposición 4752/2026, se prohibió la publicidad, el uso y la comercialización de todas las presentaciones y lotes del producto denominado "KOE. Eliminador de olores para perros". Esta medida fue adoptada luego de que el organismo constatara que el producto se promocionaba en internet y se vendía sin poseer el registro sanitario obligatorio, además de que no se pudo identificar un establecimiento responsable que estuviera debidamente habilitado. El organismo recordó que tanto los establecimientos como los productos de este tipo deben contar con las habilitaciones correspondientes para su venta legal.

Finalmente, una de las medidas más severas fue la disposición 4814/2026, que suspende la elaboración, importación y comercialización del ingrediente farmacéutico fenolftaleína y de cualquier especialidad medicinal que lo contenga. Esta decisión surgió de una revisión del balance beneficio-riesgo realizada por el Departamento de Farmacovigilancia y Gestión de Riesgo, alineándose con la tendencia de varios países que ya habían retirado el fármaco del mercado.

La medida se basa en estudios con animales que arrojaron resultados de carcinogénesis. La International Agency for Research on Cancer (IARC) ha anticipado razonablemente que la fenolftaleína actúa como un carcinógeno humano. Cabe destacar que en Argentina, debido al riesgo carcinogénico asociado a su uso prolongado como laxante, estos medicamentos ya estaban sujetos a venta bajo receta desde 1999. Dado que existen alternativas terapéuticas eficaces para la constipación en el mercado, la ANMAT ordenó el retiro inmediato de estos productos y notificó que no se admitirán nuevas solicitudes de inscripción para medicamentos que contengan este principio activo.

Esta nota fue producida por la redacción de Noticias.lat: verificamos la información en fuentes públicas y la reescribimos con nuestro criterio editorial. No republicamos textos de terceros.

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