El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha emitido un recordatorio oficial dirigido a los propietarios de vehículos en todo el territorio nacional, informando que el proceso extraordinario de cambio de placas vehiculares continúa vigente. De acuerdo con la planificación establecida por la entidad, se ha precisado que, durante el periodo comprendido entre los meses de junio y agosto del año 2026, corresponderá realizar este trámite obligatorio a todos aquellos vehículos cuya placa de rodaje termine en el dígito “4”.
Esta disposición no es un hecho aislado, sino que se enmarca dentro de la estrategia de implementación progresiva de la actual Placa Única Nacional de Rodaje. Según ha detallado la cartera de Transportes y Comunicaciones, la finalidad primordial de esta medida es reforzar los mecanismos de identificación de los vehículos que circulan por las vías del país. Asimismo, el MTC sostiene que este proceso es fundamental para mejorar los estándares de seguridad vial y facilitar significativamente las labores de control y fiscalización por parte de las autoridades competentes.
En cuanto al alcance de este cronograma, el Ministerio ha sido enfático al señalar que la medida aplica a una gama diversa de unidades. En primer lugar, se encuentran incluidos los vehículos particulares pertenecientes a la categoría M1. Adicionalmente, el proceso alcanza a todas aquellas unidades que estén registradas bajo las denominaciones de automóviles, camionetas, ómnibus, camiones, remolques y semirremolques. Un requisito indispensable para que el propietario esté obligado a realizar el cambio es que el vehículo conserve placas que hayan sido emitidas antes del 1 de enero de 2010 y que, hasta la fecha, no hayan sido reemplazadas por el sistema de Placa Única Nacional vigente.
Para evitar confusiones entre los usuarios, el MTC ha precisado un punto clave sobre las exclusiones de este proceso: aquellos vehículos que ya cuentan con placas expedidas a partir del año 2010 no están incluidos en este proceso de cambio extraordinario. Por lo tanto, los propietarios de unidades que ya migraron al sistema actual o que fueron adquiridas con la normativa posterior a dicha fecha no tienen que realizar ninguna gestión adicional respecto a este cronograma específico.
El Ministerio también ha advertido sobre las consecuencias legales y administrativas que conlleva la culminación del trámite. Una vez que se haya efectuado el cambio de la placa, tanto la placa antigua como todos los elementos asociados a ella quedarán automáticamente invalidados. Esta invalidación implica que el documento y la placa anteriores pierden cualquier valor legal para la identificación del vehículo en circulación.
Un aspecto crítico resaltado por la autoridad es que los vehículos obligados a efectuar el reemplazo no podrán seguir circulando con la placa anterior una vez que haya vencido el plazo establecido en el cronograma. En el caso específico de los vehículos con placa terminada en “4”, el límite sería agosto de 2026. El incumplimiento de esta normativa conlleva sanciones severas, ya que circular con una placa inválida es tipificado como una infracción muy grave.
De acuerdo con lo estipulado en el Reglamento Nacional de Tránsito, aquellos conductores que sean sorprendidos circulando con placas invalidadas se enfrentarán a una sanción económica considerable. La multa prevista para esta infracción equivale al 12 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), lo que representa un impacto financiero significativo para el infractor.
Ante este escenario, la cartera de Transportes y Comunicaciones ha exhortado encarecidamente a todos los propietarios de las unidades comprendidas en esta etapa del cronograma a no esperar el último momento. Se les insta a gestionar oportunamente el cambio de sus placas ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), entidad encargada de procesar dicho trámite. La gestión anticipada es la única vía para evitar sanciones económicas y asegurar el cumplimiento estricto de la normativa vial vigente, garantizando así que el vehículo pueda circular sin inconvenientes legales.





