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Indecopi impone multa de más de 2.5 millones de soles a empresa de turismo por accidente mortal en Nasca

Las multas de Indecopi alcanzan tanto a Edunastours Nasca, como a su gerente. La decisión puede ser apelada en un plazo de 15 días.

Indecopi impone multa de más de 2.5 millones de soles a empresa de turismo por accidente mortal en Nasca

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha determinado, en primera instancia, imponer una severa sanción económica contra la empresa Edunastour Nasca E.I.R.L. Esta decisión administrativa surge como consecuencia de un grave accidente vehicular ocurrido en el año 2025, en la provincia de Nasca, el cual resultó en el fallecimiento de una persona y dejó a otras cuatro personas heridas.

Los hechos que motivaron esta resolución tuvieron lugar el pasado primero de julio de 2025, específicamente en la zona de las dunas de Usaka, ubicada en la provincia de Nasca. En dicho lugar, uno de los vehículos pertenecientes a la flota de la empresa Edunastour Nasca E.I.R.L. se vio involucrado en el siniestro que provocó las lamentables víctimas mencionadas, desencadenando así una investigación exhaustiva por parte de las autoridades competentes para determinar las responsabilidades correspondientes.

En cuanto a la cuantía de la sanción, Indecopi ha precisado que tanto la empresa como su gerente han sido sancionados con un monto total de 455 unidades impositivas tributarias (UIT). Al realizar la conversión monetaria, esta cifra asciende a la suma de 2 502 500 soles, reflejando la gravedad de las omisiones detectadas durante la prestación del servicio turístico.

Durante el proceso de investigación, Indecopi puso especial énfasis en las condiciones del operador del vehículo. Según los hallazgos del organismo, se pudo constatar que el conductor responsable de la unidad en el momento del accidente no contaba con la licencia de conducir requerida para operar el vehículo. Asimismo, se determinó que el operador no había acreditado las condiciones técnicas ni profesionales necesarias para llevar a cabo la actividad de transporte en el terreno complejo de las dunas.

Complementando estas observaciones, los informes derivados de la investigación policial aportaron datos críticos sobre la mecánica del accidente. El reporte policial señaló que el siniestro estuvo directamente relacionado con la falta de pericia del conductor, quien habría realizado una maniobra inadecuada que terminó en la tragedia. Estos elementos confirman que la empresa puso en riesgo la integridad de sus pasajeros al asignar el vehículo a una persona no apta.

La responsabilidad no recayó únicamente sobre la persona jurídica. El gerente de Edunastour Nasca, identificado como César Eduardo Asto Llamocca, fue sancionado individualmente con una multa de 5 UIT. Esta sanción específica se fundamenta en que el gerente incurrió en lo que la normativa define como "culpa inexcusable", término que se traduce en una negligencia grave. Según el análisis de Indecopi, la negligencia de Asto Llamocca radicó en su omisión al no verificar la capacidad técnica del personal que tenía a su cargo, permitiendo que un conductor sin las credenciales ni la experiencia necesaria operara el vehículo.

Es importante señalar que esta resolución ha sido emitida en primera instancia. Por lo tanto, la empresa y el gerente sancionado mantienen el derecho legal de impugnar la decisión. De acuerdo con los plazos establecidos, cuentan con un periodo de 15 días hábiles para presentar un recurso de apelación ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor, instancia que deberá revisar el caso y ratificar o modificar la sanción impuesta.

Este caso pone de relieve la importancia de la acreditación del personal en actividades de riesgo turístico y la responsabilidad directa de los gerentes en la supervisión de las capacidades técnicas de sus empleados para evitar incidentes que comprometan la vida de los consumidores.

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