La justicia chilena ha confirmado el sobreseimiento total y definitivo por prescripción del delito en el caso del presunto autor del crimen de Mariana Sepúlveda. La joven, de 19 años, había desaparecido misteriosamente en el año 2008 en la comuna de Conchalí, dejando un vacío y una búsqueda exhaustiva que durante casi dos décadas no arrojó resultados concretos. El imputado en esta causa, identificado como Ghislain Quiroz Carrizo, había confesado la autoría del asesinato, lo que generó una fuerte conmoción pública recientemente.
El proceso judicial tomó un giro inesperado durante la jornada. Inicialmente, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago había decretado la internación provisoria de Quiroz Carrizo, basándose en que el sujeto presentaba una capacidad cognitiva reducida. Esta medida cautelar buscaba asegurar la permanencia del imputado mientras se resolvían los aspectos legales y periciales del caso. Sin embargo, esta decisión fue revertida poco tiempo después por la misma magistrada a cargo.
El cambio de resolución se fundamentó en la incorporación de un informe clave emitido por la Policía de Investigaciones (PDI), el cual no se encontraba disponible ni era del conocimiento de la jueza durante la audiencia de control de detención y formalización realizada horas antes. Este documento resultó determinante para el destino procesal del imputado, ya que detallaba con precisión los movimientos migratorios de Ghislain Quiroz Carrizo.
Según el informe de la PDI, el imputado no había salido del territorio nacional en el periodo comprendido desde la comisión del delito hasta la actualidad. Este dato técnico fue fundamental para el cálculo de la prescripción. El análisis jurídico determinó que, dado que el sujeto permaneció siempre en el país y considerando que el delito ocurrió en el año 2008, el tiempo transcurrido superaba ampliamente el límite legal para ejercer la acción penal, tomando en cuenta que la pena eventual que podría haber arriesgado era de 15 años.
Ante este escenario, la magistrada decretó el sobreseimiento total y definitivo del imputado, dejando sin efecto la audiencia que había sido programada para el próximo 15 de octubre, en la cual se discutiría formalmente la prescripción del delito. Con esta resolución, se anulan todas las diligencias que aún estaban pendientes en la causa, incluyendo un peritaje psicológico que debía ser realizado por el Servicio Médico Legal (SML) para determinar si el imputado era imputable o inimputable.
El caso de Mariana Sepúlveda se había reactivado tras 18 años de silencio, cuando el propio Ghislain Quiroz Carrizo concurrió voluntariamente a una unidad policial para confesar los hechos y admitir su autoría en el crimen. Tras esta confesión, la Fiscalía, en coordinación con la policía, llevó a cabo diversas diligencias para corroborar la veracidad del testimonio. El imputado indicó un sitio específico donde se habrían producido los hechos o donde se encontraba evidencia, y la coherencia de sus declaraciones con los hallazgos permitió concretar su detención.
La defensa técnica del imputado, representada por el abogado Daniel Cabezas, manifestó que la resolución judicial no fue una sorpresa para su equipo ni para la familia del acusado. Cabezas señaló que el paso del tiempo es un hecho objetivo e innegable que conducía inevitablemente a este resultado. El abogado explicó que la llegada del documento migratorio durante la tarde permitió que la jueza pudiera resolver la situación de oficio, cerrando así el proceso legal.
Finalmente, el tribunal ordenó la inmediata liberación del imputado. Gendarmería de Chile recibió la instrucción de realizar todos los trámites administrativos necesarios para liberar a Ghislain Quiroz Carrizo desde el Centro Penitenciario Santiago 1, estableciendo como plazo límite las 11:59 de la noche de la jornada en que se dictó el fallo.




