La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha procedido a la clausura de un establecimiento ubicado en el distrito de San Isidro, donde operaban las empresas denominadas Yonda y Osma. Esta medida drástica fue adoptada luego de que la entidad reguladora detectara que ambas organizaciones se dedicaban a la captación de dinero del público, una actividad financiera que requiere estrictamente de una autorización previa y formal para ser ejecutada legalmente.
De acuerdo con la información proporcionada por la SBS, las empresas Yonda y Osma promovían y llevaban a cabo actividades de captación de fondos utilizando un mecanismo denominado "contratos de mutuo". A través de este instrumento, las compañías atraían a diversos clientes ofreciéndoles el pago de intereses fijos mensuales, asegurando además la devolución total del capital invertido una vez que el contrato llegara a su término. Este modelo de operación es el que puso en alerta a las autoridades financieras.
Un punto crítico en este caso es la actitud de las empresas frente a las advertencias de la autoridad. La SBS informó que ya había emitido requerimientos previos a ambas compañías, solicitándoles explícitamente que cesaran sus operaciones de captación de dinero. Sin embargo, lejos de acatar las instrucciones del organismo regulador, Yonda y Osma Perú continuaron atendiendo al público en sus instalaciones, recibiendo depósitos de dinero y manteniendo la oferta de altos intereses para atraer a más ciudadanos.
La investigación realizada por la Superintendencia permitió determinar que Yonda y Osma Perú no solo compartían el mismo local físico en San Isidro, sino que mantenían un vínculo operativo coordinado. El esquema de trabajo consistía en que Osma Perú funcionaba como un canal de captación, derivando a los clientes potenciales hacia la empresa Yonda. Esta última era la entidad encargada de recibir finalmente el dinero de los ciudadanos. Como contraprestación por esta gestión de referenciación de clientes, Osma Perú recibía una comisión económica.
Este proceder contraviene directamente lo establecido en la Ley N.º 26702. Esta normativa es clara al señalar que ninguna persona natural ni empresa puede realizar actividades de captación de dinero de terceros si no cuenta previamente con la autorización correspondiente otorgada por la SBS. El incumplimiento de esta ley representa un riesgo para el sistema financiero y, especialmente, para el ahorro de las personas que confían su capital a entidades no supervisadas.
Durante la intervención, la SBS pudo verificar que las empresas persistían en su operatividad, desacatando el mandato formulado por la Superintendencia. La entidad subrayó que se constató la atención continua al público y la promesa de rentabilidades elevadas, lo que motivó la ejecución inmediata de la clausura del local.
Más allá de la medida administrativa de cierre del establecimiento, la SBS ha escalado el caso al ámbito judicial. La entidad informó que ha presentado una denuncia penal formal ante el Ministerio Público contra los representantes legales de Yonda y Osma Perú. Esta denuncia se fundamenta en la presunta comisión de dos delitos graves: el de intermediación financiera no autorizada y el de desobediencia y resistencia a la autoridad. El segundo cargo responde específicamente al hecho de que las empresas habrían continuado con sus actividades lucrativas a pesar de los requerimientos oficiales efectuados por la Superintendencia.
Finalmente, la SBS ha reiterado su compromiso de continuar ejecutando acciones firmes contra la informalidad financiera en el país. En un llamado a la ciudadanía, la entidad recomendó encarecidamente al público general verificar que cualquier empresa a la cual decidan entregar sus ahorros o invertir su dinero cuente con la autorización legal correspondiente, evitando así caer en esquemas de captación no regulados que carecen de respaldo institucional.





