El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha emitido un comunicado oficial con el objetivo de desmentir y aclarar que no existe ninguna intención ni plan estructurado para aplicar el Impuesto a la Renta sobre los intereses generados por las cuentas de ahorro de las personas naturales. Esta aclaración surge en un momento de incertidumbre tras la publicación de ciertos detalles contenidos en el Marco Macroeconómico Multianual (MMM) para el periodo 2027-2030.
A través de sus canales oficiales en redes sociales, la cartera económica fue enfática al señalar que cualquier información que sugiera la implementación de este gravamen no proviene de ninguna medida planteada por el sector. El ministerio precisó textualmente que "no tiene previsto ni ha planteado gravar con Impuesto a la Renta los intereses generados por las cuentas de ahorro", subrayando que cualquier dato contrario carece de fundamento oficial dentro de sus planes actuales.
El origen de la confusión se encuentra en el Marco Macroeconómico Multianual 2027-2030. Este documento es una pieza fundamental de la gestión gubernamental, ya que recopila las proyecciones fiscales y macroeconómicas que guiarán la economía del país en los próximos años. Dentro de este reporte, el MEF incluyó una relación detallada de los beneficios tributarios vigentes, señalando que varios de ellos tienen una fecha de caducidad establecida para el 31 de diciembre de 2026.
El documento técnico revela que el conjunto de estos beneficios tributarios que vencen en 2026 representa un costo fiscal potencial considerable, estimado en S/848 millones para el año 2027. De este monto total, una parte significativa corresponde específicamente a la exoneración del Impuesto a la Renta sobre los intereses generados por los depósitos bancarios realizados por personas naturales.
El costo fiscal estimado para mantener esta exoneración en los depósitos bancarios asciende a S/268 millones para el año 2027, cifra que representa aproximadamente el 0,02% del Producto Bruto Interno (PBI). Adicionalmente, el MMM incluye la exoneración aplicable a los intereses generados por los depósitos en las Cooperativas de Ahorro y Crédito (COOPAC), cuyo costo fiscal se estima en S/25 millones.
Al sumar ambos conceptos, el Estado peruano deja de recaudar anualmente un monto aproximado de S/293 millones para mantener los rendimientos de los ahorros libres de impuestos. Esta cifra es la que aparece reflejada en las proyecciones fiscales del gobierno, lo que llevó a interpretaciones sobre la posible eliminación de dicho beneficio una vez llegue la fecha de vencimiento.
Es importante recordar que el marco legal actual que protege estos ahorros fue establecido mediante el Decreto Legislativo 1549, promulgado en abril de 2023 durante la gestión del Gobierno de Dina Boluarte. En aquel periodo, bajo la dirección del ministro de Economía y Finanzas, Álex Contreras, se extendió la exoneración tributaria mencionada hasta el 31 de diciembre de 2026.
A pesar de que el MEF haya descartado públicamente la aplicación del Impuesto a la Renta a los intereses de ahorro, existe una distinción técnica fundamental: el anuncio público no constituye una norma legal. Para que la exoneración se mantenga vigente después de diciembre de 2026, es estrictamente necesario que se emita una nueva ley o una norma con rango similar que extienda el beneficio.
Por lo tanto, aunque la postura actual del MEF es de no gravar estos intereses, queda pendiente el paso administrativo y legislativo correspondiente. Se requiere la presentación y posterior aprobación de una iniciativa legislativa que permita formalizar y tangibilizar el anuncio realizado por el ministerio, asegurando así que los ahorristas no vean afectados sus rendimientos al vencimiento del plazo establecido.





