La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha dado un paso fundamental en la organización logística de los próximos comicios en el país. Con fecha 22 de agosto de 2026, el organismo electoral dispuso la publicación oficial del listado de entidades e instituciones, tanto públicas como privadas, que han sido designadas como posibles locales de votación para las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026. Estas elecciones están programadas para llevarse a cabo el próximo 4 de octubre.
La formalización de esta medida se ha realizado a través de la resolución gerencial N° 000151-2026-GOECOR/ONPE, la cual fue debidamente publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. Este documento legal establece el marco normativo y operativo para la selección de los espacios donde la ciudadanía ejercerá su derecho al voto.
Un aspecto relevante de este proceso es que, en las Elecciones Regionales y Municipales 2026, se aplicará por primera vez la Ley N° 32594. Esta normativa establece una obligación clara para todas las entidades públicas y privadas cuyos locales hayan sido designados como centros de votación. Según la ley, estas instituciones están obligadas a facilitar el uso de sus instalaciones y a brindar todas las condiciones necesarias para que la instalación y el funcionamiento de las mesas de sufragio se lleven a cabo sin contratiempos.
En cuanto a los plazos de disponibilidad, la ONPE ha precisado que las instituciones seleccionadas deberán permitir el acceso y uso de sus instalaciones desde dos días antes de la jornada electoral. Específicamente, los locales deben estar disponibles para el organismo electoral desde las 4:00 p. m. del viernes 2 de octubre hasta las 6:00 p. m. del lunes 5 de octubre. Este periodo comprende la preparación previa, el día central de la elección y el tiempo necesario para el cierre y retiro de los materiales electorales.
El cumplimiento de esta disposición es obligatorio. Aquellas entidades que incumplan con la facilitación de sus espacios o que no brinden las condiciones requeridas serán sancionadas económicamente. La normativa prevé multas que no serán menores de 50 ni mayores de 100 unidades impositivas tributarias (UIT). La aplicación de estas sanciones se realizará siguiendo los criterios de gradualidad y progresividad que se dispongan en el reglamento correspondiente.
Desde el punto de vista técnico, la ONPE ha determinado la selección de un total de 10,180 inmuebles para ser utilizados como locales de votación. Adicionalmente, se han identificado 568 locales de emergencia, los cuales servirán de respaldo en caso de cualquier eventualidad. Esta selección es el resultado de una exhaustiva evaluación técnica realizada por el personal especializado del organismo electoral.
No obstante, la ONPE ha aclarado un punto crítico: la presencia de una institución en este listado no garantiza definitivamente que funcionará como local de votación. Para que la designación sea confirmada, debe concluirse primero la labor de verificación que la entidad está llevando a cabo actualmente a nivel nacional. Solo tras finalizar este proceso de verificación se podrá asegurar la operatividad final de cada centro.
Cabe recordar que en estas Elecciones Regionales y Municipales del 4 de octubre se elegirán autoridades clave para la gestión pública del país. El proceso electoral definirá quiénes serán los gobernadores y vicegobernadores regionales, los consejeros de los Gobiernos Regionales, así como los alcaldes y regidores de las Municipalidades Provinciales y Distritales de todo el territorio nacional.
Finalmente, la ONPE ha puesto a disposición de la ciudadanía y de las instituciones el enlace de consulta para visualizar la lista de las entidades públicas y privadas que podrían funcionar como centros de votación. Los interesados pueden acceder a esta información a través del link oficial: https://www.onpe.gob.pe/modMarco-Legal/Locales-votacion-ERM2026.pdf. Con esta medida, el organismo electoral busca garantizar la transparencia y la previsibilidad de la jornada electoral.






