Desde el pasado 16 de junio, Cristian Renato González Pérez se encuentra separado de sus funciones como contralor municipal de Neiva. Esta situación se ha prolongado debido a la existencia de diversos procesos judiciales que ponen en entredicho la legalidad de su elección para el periodo comprendido entre 2026 y 2029. En el marco de este complejo escenario jurídico, se ha conocido una reciente decisión emitida por la Sección Quinta del Consejo de Estado que modifica parcialmente la situación procesal del funcionario.
En las últimas horas, la Sección Quinta del Consejo de Estado procedió a revocar una de las medidas de suspensión provisional que pesaban sobre González Pérez. Esta determinación implica una modificación de una medida adoptada previamente por una instancia inferior; sin embargo, es fundamental precisar que este fallo no se traduce en un reintegro inmediato al cargo. A pesar de la revocatoria de esta medida específica, el funcionario aún no cuenta con el aval legal para regresar a sus labores en la Contraloría de Neiva.
Para comprender el origen de esta controversia, es necesario remontarse a la medida cautelar que ahora ha sido revocada por el máximo tribunal administrativo. Dicha suspensión había sido decretada originalmente por el Tribunal Administrativo del Huila, como parte de una demanda interpuesta contra el proceso de elección de González Pérez como contralor municipal. El accionante de la demanda planteó una presunta inhabilidad que recae sobre el funcionario, vinculada directamente con las responsabilidades que este desempeñó anteriormente como asesor disciplinario del Hospital Universitario de Neiva.
Además del cuestionamiento sobre la inhabilidad personal, la demanda presentada ante el Tribunal Administrativo del Huila puso en duda otros aspectos procedimentales clave de la elección. Entre los puntos litigiosos se encontraba la conformación de la terna de candidatos y el trámite otorgado al orden del día durante la sesión del Concejo de Neiva, momento en el cual los concejales llevaron a cabo la votación para elegir al contralor del periodo 2026-2029.
Al analizar el recurso de apelación interpuesto, la Sección Quinta del Consejo de Estado evaluó los argumentos presentados. En esta etapa preliminar del proceso, la corporación consideró que no se habían aportado elementos suficientes para determinar que las funciones disciplinarias ejercidas por González Pérez en el hospital hubieran influido de manera determinante sobre los concejales, otorgándole así una ventaja indebida en el proceso electivo.
Asimismo, el Consejo de Estado realizó un examen preliminar sobre los aspectos formales del proceso. La corporación encontró que la terna presentada contaba con una integración formal adecuada y que el Concejo de Neiva había sometido a votación el orden del día siguiendo el procedimiento correspondiente establecido en la normativa vigente. Basándose en estos razonamientos, el tribunal decidió revocar la suspensión provisional que había sido impuesta inicialmente por el Tribunal Administrativo del Huila.
Es imperativo aclarar que esta decisión del Consejo de Estado tiene un carácter cautelar y no resuelve la demanda principal. Esto significa que el fallo no determina, de manera definitiva, si la elección de Cristian Renato González Pérez se ajustó estrictamente a la ley o si existen vicios que deban anular el proceso. La legalidad de su nombramiento sigue siendo el objeto central del litigio.
El propio funcionario ha manifestado que el proceso judicial continuará su curso ante el Tribunal Administrativo del Huila. Esta autoridad es la encargada de estudiar el fondo de la demanda, analizar todas las pruebas presentadas y emitir una sentencia definitiva sobre la legalidad de su elección. Por lo tanto, la resolución final dependerá del análisis exhaustivo de los hechos y las normas aplicables al caso.
Mientras se espera el fallo de primera instancia, la defensa del contralor suspendido permanece atenta a la resolución de otra medida cautelar. Esta segunda medida también se encuentra en trámite ante el Consejo de Estado, luego de que se presentara el recurso de apelación correspondiente.
En conclusión, aunque la decisión de la Sección Quinta representa un avance procesal al dejar sin efecto una de las suspensiones provisionales, la realidad administrativa para Cristian Renato González Pérez permanece inalterada: no podrá regresar a la Contraloría de Neiva por el momento. El funcionario deberá esperar a que se resuelva la otra medida cautelar pendiente y a que el Tribunal Administrativo del Huila dicte sentencia sobre el fondo del asunto.





