La Sala Mixta Descentralizada Supraprovincial ha emitido un fallo unánime mediante el cual confirma la sentencia de cadena perpetua impuesta a Freddy Guerra, de 64 años de edad. El sentenciado fue hallado culpable de los delitos de violación sexual de menor de edad y tocamientos indebidos, cometidos en agravio de quien fuera su sobrina. Esta decisión judicial pone fin a la etapa de impugnación, ratificando la gravedad de los hechos y la responsabilidad del procesado.
El proceso en segunda instancia contó con la intervención del fiscal adjunto superior, Inti Tadeo Sotelo Montes, quien fue el encargado de sustentar la posición del Ministerio Público. Durante las audiencias, el fiscal defendió la validez de los elementos probatorios presentados, haciendo especial énfasis en la coherencia y la persistencia del testimonio brindado por la víctima. Dicha declaración fue recabada a través de la Cámara Gesell, un mecanismo especializado que permite obtener el relato de los menores de edad evitando la revictimización y asegurando la fiabilidad de la prueba.
Además del testimonio de la menor, la Fiscalía Superior Mixta presentó pruebas técnicas y científicas que corroboraron los hechos. Entre estos elementos destacan el certificado médico legal y las pericias psicológicas oficiales, los cuales fueron determinantes para que la Sala confirmara que los delitos se cometieron efectivamente. La concordancia entre el relato de la víctima y los hallazgos periciales permitió que los magistrados llegaran a una decisión unánime sobre la culpabilidad de Guerra.
Los hechos que originaron este proceso judicial se remontan al año 2016. En aquel entonces, la víctima tenía apenas 7 años de edad. Según el expediente, el sentenciado aprovechó la confianza depositada en él por el entorno familiar para llevar a la menor desde un puesto de carnes ubicado en el Mercado Central de Tingo María hacia su domicilio particular. Fue en ese lugar donde Freddy Guerra abusó sexualmente de la niña.
Sin embargo, las agresiones no se limitaron a un evento único. La sentencia detalla que los tocamientos indebidos continuaron de manera reiterada a lo largo de los años. Estos actos se produjeron en distintos inmuebles familiares, prolongando el sufrimiento de la víctima hasta enero de 2023, momento en el cual la menor ya tenía 14 años. La cronicidad del abuso y el vínculo de parentesco fueron factores considerados en la determinación de la pena máxima.
Es importante señalar que la base de esta condena fue establecida inicialmente gracias al trabajo de la fiscal adjunta provincial, Ruth Deysi Fretel Berrospi, perteneciente a la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Leoncio Prado. Fue ella quien sustentó el caso en primera instancia, logrando que el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial dictara la condena original que ahora ha sido ratificada por la instancia superior.
La sentencia confirmada no solo contempla la privación perpetua de la libertad. El tribunal ha ordenado que Freddy Guerra realice el pago de 40 000 soles por concepto de reparación civil a favor de la menor agraviada. Asimismo, se ha impuesto una medida de seguridad definitiva consistente en la inhabilitación del sentenciado para ejercer cualquier tipo de funciones docentes o administrativas en instituciones educativas, con el objetivo de prevenir cualquier riesgo futuro hacia otros menores.
Finalmente, el fallo judicial dispone que la víctima continúe recibiendo un tratamiento psicológico integral. Esta medida busca brindar el soporte necesario para la recuperación de la menor, quien fue sometida a abusos sistemáticos durante siete años. Con esta sentencia, el sistema de justicia ratifica la protección de los derechos de los niños y adolescentes frente a agresores del entorno familiar.



