La Policía Internacional (Interpol) ha comunicado oficialmente al Poder Judicial la eliminación de la orden de ubicación y captura a nivel internacional que pesaba sobre Vladimir Cerrón, fundador de la organización política Perú Libre. Esta medida se produce en el marco de la investigación preparatoria que el procesado afronta por el presunto financiamiento ilegal de las campañas electorales de su partido político, actividades que habrían ocurrido entre los años 2008 y 2021.
Dicha notificación fue remitida a través de un escrito dirigido al despacho del juez Leodan Cristóbal Ayala, quien es el magistrado encargado del control de la investigación preparatoria. El caso, conducido por la Fiscalía, se centra en las presuntas cometiones de los delitos de organización criminal y lavado de activos, los cuales habrían sido perpetrados en agravio del Estado peruano.
A raíz de esta comunicación, el juez Leodan Cristóbal Ayala emitió una resolución el pasado 10 de agosto, en la cual dispuso que la información proporcionada por Interpol sea tomada en cuenta y, paralelamente, ordenó que dicha comunicación sea puesta en conocimiento de todas las partes procesales que intervienen en el presente proceso penal.
En el marco de estas recientes decisiones judiciales, el magistrado Ayala también concedió el recurso de apelación interpuesto por la defensa legal de Vladimir Cerrón. Este recurso fue presentado contra la resolución previa del mismo juzgado, la cual había modificado el mandato de prisión preventiva de 24 meses que pesaba sobre el fundador de Perú Libre, sustituyéndolo por una medida de comparecencia con restricciones por un periodo determinado de un año, once meses y siete días.
La variación de la medida cautelar se dio luego de que el Poder Judicial acatara lo establecido en una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional. El máximo intérprete de la Constitución había anulado el mandato de prisión preventiva contra Cerrón Rojas, argumentando que dicha medida no contaba con la debida motivación y que, debido a la variación de las circunstancias que originalmente la motivaron, la prisión preventiva ya no resultaba objetivamente justificada.
Tras determinar que el recurso de apelación presentado por la defensa de Cerrón cumplía con todos los presupuestos establecidos en el Código Procesal Penal, el juez Cristóbal Ayala procedió a admitirlo y disponer su remisión a la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional. En caso de que dicha instancia admita el trámite, se deberá convocar a una audiencia virtual para evaluar el recurso con la participación de las partes involucradas y emitir una decisión definitiva en los próximos días.
A pesar de la eliminación de la alerta internacional y la modificación de su situación procesal, el juez Ayala ha establecido reglas de conducta estrictas que Vladimir Cerrón debe cumplir rigurosamente. Entre estas obligaciones se encuentra la prohibición de ausentarse de su lugar de residencia en la ciudad de Lima sin contar con una autorización judicial previa. Asimismo, se ha impuesto la prohibición de viajar fuera del país por el plazo de un año, once meses y siete días, para lo cual se ha oficiado a la autoridad migratoria correspondiente.
Adicionalmente, el imputado tiene la obligación de comparecer cada treinta días ante el Despacho de la Fiscalía Provincial a cargo del caso para firmar el cuaderno de control presencial de sujeción al proceso. De igual manera, deberá informar sobre sus actividades cada treinta días ante el despacho judicial, mediante la entrega de un informe detallado que contenga las actividades diarias más trascendentes.
Cerrón también está obligado a concurrir ante la autoridad fiscal y judicial cada vez que sea citado. En cuanto a la responsabilidad económica, el magistrado dispuso el pago de una caución de 30 000 soles, la cual debe ser completada dentro de los 10 días posteriores a la notificación de la resolución. En el caso de que el imputado ya haya cumplido con un pago inicial de 20 000 soles, deberá abonar los 10 000 soles restantes en el plazo señalado.
Finalmente, el juez Leodan Cristóbal Ayala ha advertido explícitamente a Vladimir Cerrón que cualquier incumplimiento de estas reglas de conducta conllevará la revocación inmediata de la comparecencia con restricciones. En tal escenario, el magistrado procederá a imponer una medida cautelar más grave, conforme a lo establecido en el inciso 3 del artículo 287° del Código Procesal Penal.




