La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente rechazó categóricamente la información que circuló en algunos medios de comunicación sobre la supuesta existencia de contratos “a dedo” por valor de 31 billones de pesos durante el actual periodo de gobierno. La entidad calificó estas cifras como imprecisas y carentes de rigor, asegurando que se basan en una manipulación y descontextualización de datos proporcionados a través de un derecho de petición.
En un comunicado oficial, Colombia Compra Eficiente aclaró que “no es cierto, como se ha difundido en algunos medios de comunicación, que esta entidad reportara contratos ‘a dedo’ por $31 billones durante el actual periodo de gobierno”. Asimismo, desmintió la afirmación de que el gobierno haya “gastado” dicha suma en contratos con asociaciones público populares, basándose en la información suministrada en respuesta al derecho de petición mencionado.
La Agencia enfatizó que la información entregada fue utilizada de manera incorrecta, elaborando una noticia con interpretaciones erróneas. “La información suministrada por esta Agencia a un medio de comunicación, vía derecho de petición, fue manipulada y sacada de contexto, para elaborar una noticia con interpretaciones imprecisas y carentes de rigor”, señaló el comunicado.
Para esclarecer el origen de los datos, la Agencia explicó que el listado de contratos al que se hace referencia comprende todos los contratos registrados por entidades del nivel nacional y territorial de las tres ramas del poder público, así como de régimen especial, en las plataformas SECOP y SECOP II. Este registro abarca desde el 7 de agosto de 2022 hasta el 20 de marzo de 2026, e incluye contratos celebrados a través de todas las modalidades de contratación contempladas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, incluyendo las aplicables a entidades de régimen especial.
En relación con las asociaciones público populares, la Agencia recordó que esta figura fue establecida a través del artículo 100 de la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, correspondiente al Plan Nacional de Desarrollo “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. Esta normativa permitió la contratación directa con entidades sin ánimo de lucro y personas naturales de la economía popular hasta la mínima cuantía de las entidades.
Sin embargo, la Agencia precisó que la aplicación de esta figura solo fue posible una vez que fue reglamentada por el Gobierno nacional mediante el Decreto 874 del 8 de julio de 2024. En contraste, las Asociaciones de Iniciativa Público Popular, contempladas en el artículo 101 de la misma ley, no pudieron implementarse debido a la falta de reglamentación.
Un elemento crucial en esta controversia es que ambos artículos (100 y 101) fueron declarados inexequibles por la Corte Constitucional el 25 de febrero de 2026. Esto significa que la aplicación de las asociaciones público populares tuvo una vigencia limitada de un año y siete meses, entre julio de 2024 y febrero de 2026.
Para ofrecer una visión clara de la situación, la Agencia proporcionó cifras concretas sobre los contratos suscritos bajo esta modalidad. “Así las cosas, hecha la extracción de la información, teniendo como única variable Asociaciones Publico Populares en el objeto del contrato, se tiene que a la fecha se han suscrito 97 contratos a través de esta modalidad, que suman $3.592 millones de pesos, de los cuales tan solo 6 contratos corresponden a entidades del orden nacional, cuyo valor asciende a $1.204 millones de pesos y los restantes corresponden a entidades del orden territorial”, detalló la Agencia.
Estos datos contrastan significativamente con las cifras de 31 billones de pesos que se habían difundido previamente. La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente reafirmó su compromiso con la transparencia y la correcta interpretación de la información relacionada con la contratación pública, instando a los medios de comunicación a verificar la información antes de su difusión para evitar generar confusión y desinformación en la opinión pública. La entidad se reserva el derecho a tomar las acciones legales pertinentes para proteger su integridad y la de la información que suministra.





