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Anatel exigirá reconocimiento facial para activar y mantener líneas celulares en Brasil

Para combater golpes, Anatel vai exigir prova de vida para validar linhas de celular

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Anatel exigirá reconocimiento facial para activar y mantener líneas celulares en Brasil

La Agencia Nacional de Telecomunicaciones de Brasil (Anatel) ha anunciado una nueva medida regulatoria que obligará a las operadoras de telefonía móvil a implementar el reconocimiento facial como prueba de vida para la activación y el mantenimiento de las líneas celulares en todo el país. Esta disposición tiene como objetivo principal combatir la incidencia de fraudes y golpes que se llevan a cabo mediante el registro de números telefónicos a nombre de terceras personas o a través del uso de información falsa.

De acuerdo con la nueva normativa, las empresas de telefonía deberán adoptar procedimientos de identificación biométrica dirigidos específicamente a las personas físicas y a los microemprendedores individuales (MEI). El alcance de esta exigencia no se limita únicamente a la contratación de nuevas líneas, sino que se extenderá a diversos servicios críticos, incluyendo los procesos de portabilidad numérica, la sustitución de chips (SIM cards) y cualquier tipo de alteración en los datos cadastrales o contractuales que sea solicitada por los clientes.

El proceso técnico consistirá en la realización de una prueba de vida mediante el reconocimiento facial. Una vez capturada la imagen, la información recolectada será comparada con los registros biométricos ya existentes, los cuales son mantenidos tanto por organismos públicos como por proveedores privados. Según ha señalado Anatel, esta transición busca elevar los estándares de seguridad en los registros de las operadoras y dificultar significativamente que los datos personales de los ciudadanos sean utilizados de manera indebida para habilitar líneas telefónicas.

La implementación de esta medida no será inmediata, sino que se llevará a cabo de forma gradual a partir del año 2027, estableciendo plazos diferenciados según la naturaleza del servicio solicitado por el consumidor. Para el caso de las nuevas líneas en la modalidad prepago, las operadoras cuentan con un plazo hasta el 30 de septiembre de 2027 para integrar plenamente el reconocimiento facial en sus procesos de venta y activación.

Por otro lado, para aquellas activaciones de nuevas líneas en modalidad pospago, así como para los trámites de portabilidad, la sustitución de chips y los cambios en los contratos o registros de los usuarios, la fecha límite de implementación es el 31 de diciembre de 2027. De esta manera, la agencia establece un calendario escalonado para permitir que las empresas adapten sus sistemas tecnológicos a las nuevas demandas regulatorias.

Un punto fundamental de la norma es la regularización de los clientes que ya poseen líneas activas. Aquellos usuarios que aún no hayan pasado por un proceso de validación biométrica deberán realizar su recadastramento antes del 31 de diciembre de 2028. Este periodo de gracia busca asegurar que la gran mayoría de la base de usuarios actual pueda cumplir con el requisito sin interrupciones en el servicio.

Las consecuencias para quienes no cumplan con esta validación serán severas. A partir de enero de 2029, los números telefónicos que permanezcan sin la debida regularización biométrica podrán ser suspendidos y, posteriormente, cancelados definitivamente. No obstante, Anatel ha precisado que, antes de proceder a la suspensión o cancelación, las operadoras están obligadas a respetar los procedimientos de notificación previa y los plazos establecidos en la norma vigente.

En cuanto a la operatividad, las empresas de telecomunicaciones deberán garantizar que la validación biométrica esté disponible a través de múltiples canales. El reconocimiento facial podrá realizarse tanto en los puntos de atención presencial como en los sitios web oficiales y las aplicaciones móviles de cada operadora.

Finalmente, la regulación contempla situaciones excepcionales. Se prevé que existan alternativas para aquellos consumidores que, por diversas razones, no logren completar la validación biométrica satisfactoriamente. Asimismo, todos los procedimientos de recolección y comparación de datos deberán incluir mecanismos estrictos de protección de la información personal, asegurando el cumplimiento total de la Ley General de Protección de Datos (LGPD) de Brasil.

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