¿Hasta dónde llega el límite entre la eficacia de la persecución penal y el respeto a los derechos fundamentales? La Corte Suprema se convierte en el escenario de una jornada clave en el marco de la indagatoria por presuntas irregularidades en licitaciones de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, conocida como Junaeb.
El Ministerio Público, específicamente la Fiscalía de Alta Complejidad Metropolitana Oriente, ha solicitado que se revoquen las restricciones impuestas previamente por la Corte de Apelaciones de Santiago. Estas limitaciones afectan directamente la revisión, extracción y análisis de los antecedentes contenidos en los teléfonos incautados al abogado Darío Calderón, al senador Sergio Gahona y al exdiputado Hugo Gutiérrez.
Según la resolución del tribunal de alzada, el Ministerio Público solo podrá utilizar en la investigación aquella información que identifique como relacionada con los hechos investigados. De este modo, el tribunal señaló que cualquier información restante no podrá ser examinada más allá de lo necesario para su identificación, ni podrá ser entregada a otros intervinientes, terceros, ni incorporada a informes policiales o a la carpeta investigativa.
Ante esto, la fiscal Constanza Encina ha planteado que la Corte de Apelaciones resolvió excediendo sus atribuciones, fijando cuestiones que le correspondería determinar exclusivamente a la Fiscalía. En su escrito presentado ante el máximo tribunal, Encina aseguró que tales sentencias pretenden "sustituir" al persecutor en lo referente a la conducción de las investigaciones penales.
El proceso, que inicialmente estaba previsto para este lunes a las 9:00 horas, fue postergado. Ahora, la presentación ante la Segunda Sala de la Corte Suprema tendrá lugar este martes para definir el alcance de la revisión de los dispositivos electrónicos involucrados.
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