ÚLTIMA HORA

Cobertura 24 h · Redacción propia · miércoles, 23 de septiembre de 2026 · App oficial en Google Play

Menú

Alfredo Ugarte: Explicar el contrato no basta para justificar el privilegio en la invariabilidad tributaria

Sin descripción.

Audionoticia

Escucha el reporte completo

Alfredo Ugarte: Explicar el contrato no basta para justificar el privilegio en la invariabilidad tributaria

El profesor y abogado Alfredo Ugarte S., vinculado académicamente a la Universidad de Chile, ha planteado una reflexión crítica en torno a la figura de la invariabilidad tributaria, centrando su argumento en la insuficiencia de los fundamentos contractuales para sostener ciertos beneficios fiscales. A través de su análisis, Ugarte pone el foco en una distinción fundamental entre la descripción de un acuerdo y la legitimación de un beneficio, sugiriendo que la mera exposición de los términos de un contrato no constituye una justificación válida para la existencia de un privilegio.

Desde la perspectiva del autor, quien combina su experiencia profesional como abogado con su labor docente en la Universidad de Chile, el debate sobre la invariabilidad tributaria no debe limitarse a la revisión de los documentos firmados entre las partes. La tesis central de Ugarte sostiene que existe una brecha significativa entre el acto de explicar el contenido de un contrato y el acto de justificar la validez de un privilegio derivado de dicho documento. En este sentido, el autor plantea que la claridad en la redacción de un contrato o la explicación de sus cláusulas no resuelve la cuestión de fondo sobre si el beneficio otorgado es justo o legalmente sostenible frente a los principios generales del sistema tributario.

El análisis se estructura sobre la premisa de que la invariabilidad tributaria —la condición bajo la cual ciertos impuestos se mantienen constantes durante un periodo determinado— suele presentarse como una obligación contractual. Sin embargo, Ugarte argumenta que el hecho de que un contrato sea comprensible o esté bien explicado no elimina la naturaleza de "privilegio" de la medida. Para el abogado y profesor, el privilegio implica una ventaja que rompe la equidad o la generalidad del sistema, y es precisamente aquí donde la explicación contractual se vuelve insuficiente.

En el desarrollo de su postura, se infiere que el autor busca desplazar el eje de la discusión. No se trata de cuestionar si el contrato existe o si sus términos son claros, sino de cuestionar si el contrato, por sí solo, tiene la capacidad de otorgar una justificación sustantiva a un privilegio tributario. Para Ugarte, la justificación requiere de un análisis que trascienda el documento contractual, evaluando la legitimidad del privilegio en un contexto más amplio que el simple acuerdo entre dos partes.

La calidad de profesor de la Universidad de Chile de Alfredo Ugarte S. aporta un matiz académico a esta observación, situando el problema en el terreno de la teoría del derecho y la justicia fiscal. Al señalar que "no basta" con explicar el contrato, el autor indica que hay un requisito adicional de legitimidad que no se está cumpliendo. Esta postura sugiere que el derecho tributario no puede quedar supeditado únicamente a la voluntad contractual cuando el resultado es la creación de una ventaja exclusiva o un privilegio que afecta la estructura impositiva.

En conclusión, el planteamiento de Alfredo Ugarte S. invita a una revisión profunda de cómo se defienden los regímenes de invariabilidad tributaria. Su argumento es tajante: la transparencia o la explicación de un contrato no son equivalentes a una justificación jurídica y ética del privilegio. Al separar la explicación de la justificación, el abogado y profesor de la Universidad de Chile pone en duda la solidez de los argumentos que utilizan el contrato como escudo único para mantener beneficios fiscales, instando a buscar fundamentos más robustos que la simple lectura de un acuerdo firmado.

Esta nota fue producida por la redacción de Noticias.lat: verificamos la información en fuentes públicas y la reescribimos con nuestro criterio editorial. No republicamos textos de terceros.

Cobertura en Video