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Absuelven a comerciante acusado de robo con intimidación en Chillán

La Fiscalía había solicitado 10 años de cárcel en el segundo juicio. Un comerciante de 51 años fue absuelto por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, luego de pasar cerca de un año y medio privado de libertad tras ser acusado de robar dos paquetes de galletas Carioca e intimidar...

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Absuelven a comerciante acusado de robo con intimidación en Chillán

¿Es posible pasar un año y medio en prisión por dos paquetes de galletas? Este es el caso de Víctor Raúl Ortiz Baeza, un comerciante de 51 años que fue absuelto por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.

Ortiz fue acusado de ingresar al local comercial "La Palmera", en Bulnes, con un rifle de aire comprimido para robar dos paquetes de galletas Carioca, intimidando presuntamente a una trabajadora. En un primer proceso, el hombre fue condenado a cinco años y un día de cárcel, pero dicho fallo fue posteriormente anulado.

Durante el segundo juicio, la Fiscalía solicitó una pena de 10 años. Sin embargo, la defensa logró cuestionar la evidencia presentada. El acusado admitió haber tomado las galletas sin pagar y portar el arma, pero sostuvo que el rifle era para cazar pájaros y negó rotundamente haber amenazado a la mujer.

El tribunal detectó contradicciones clave en el relato de la víctima. La trabajadora afirmó que el sujeto le apuntó al pecho y le dijo “te cagamos”, frase que no aparecía en su declaración inicial ante la PDI. Además, surgieron discrepancias sobre el acompañante de Ortiz: mientras la víctima aseguró que ambos entraron al local, un carabinero testificó que, según los primeros antecedentes, el conductor de la motocicleta permaneció afuera.

Finalmente, las cámaras de seguridad no pudieron confirmar la intimidación, pues solo captaron a dos personas abandonando el lugar en una motocicleta, sin registrar lo ocurrido dentro del negocio. Por estos motivos, los jueces resolvieron por unanimidad que la prueba de la Fiscalía no acreditaba el robo con intimidación más allá de toda duda razonable. La sentencia de absolución fue dictada el 28 de agosto.

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