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ONU advierte que nuevo decreto sobre protesta social en Colombia podría facilitar uso discrecional de la fuerza

La normativa modifica sustancialmente las reglas de actuación de la Fuerza Pública y contiene vacíos que podrían autorizar el uso de la fuerza y disolver manifestaciones de manera discrecional.

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ONU advierte que nuevo decreto sobre protesta social en Colombia podría facilitar uso discrecional de la fuerza

La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha emitido una advertencia contundente respecto a las implicaciones legales y sociales del nuevo decreto diseñado para regular la protesta social en el territorio nacional. Esta normativa, que fue firmada el pasado martes 13 de octubre por el presidente Abelardo de la Espriella, ha generado una profunda preocupación en el organismo internacional debido a que, a su juicio, modifica de manera sustancial las reglas de actuación de la Fuerza Pública.

Según el análisis realizado por la ONU, el decreto contiene vacíos jurídicos significativos que podrían ser utilizados para autorizar el uso de la fuerza y la disolución de manifestaciones de forma discrecional. Uno de los puntos más críticos señalados por el organismo es que la normativa permite que la policía intervenga contra personas que cometan actos violentos sin la necesidad de esperar a que se agoten los canales de mediación y diálogo previamente establecidos con los manifestantes.

El organismo internacional cuestionó específicamente las condiciones que el decreto establece para dar por concluidas las mesas de concertación. Entre las situaciones que podrían anular el diálogo se encuentran el porte o empleo de armas, la retención de personas, las agresiones a terceros o la generación de daños a la infraestructura. Para la ONU, estas causales son demasiado ambiguas y permiten una interpretación abierta por parte de las autoridades, lo que facultaría el cierre abrupto de la vía dialogada para dar paso inmediato a una intervención coercitiva.

Naciones Unidas enfatizó que cualquier actuación policial contra individuos que incurran en actos violentos debe abordarse de manera aislada y diferenciada. El organismo subrayó que la presencia de personas violentas en una movilización no debe significar la suspensión del diálogo con el resto de los asistentes, ni debe vulnerar el derecho fundamental de quienes se manifiestan de manera pacífica. En este sentido, recordó que, bajo la Observación General 37 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el uso de la fuerza y de armas menos letales debe ser siempre el último recurso, aplicándose únicamente después de haber agotado todos los medios no violentos disponibles.

Otro punto de fricción es la definición de “violencia” adoptada en el texto del decreto. La Oficina de Derechos Humanos advirtió que esta definición es sustancialmente más amplia que los estándares internacionales, ya que incorpora amenazas o conductas que no necesariamente causan lesiones, muertes o daños graves a bienes materiales. Ante esto, la ONU solicitó que se establezca una diferencia clara entre el hecho de portar un objeto potencialmente peligroso, amenazar con utilizarlo y emplearlo de forma efectiva, precisando que el solo porte de un objeto no convierte automáticamente a un ciudadano en un actor violento ni resta el carácter pacífico a una movilización.

En relación con la afectación de la movilidad, la ONU fue enfática al señalar que la obstrucción de una vía no transforma una marcha en un acto violento. El organismo pidió revisar el criterio de “perturbación grave e inminente” contenido en la norma, advirtiendo que factores como la duración de un bloqueo, la importancia estratégica de una carretera o las pérdidas económicas derivadas de la obstrucción no justifican, por sí solos, una intervención policial desmedida ni el uso de la fuerza.

A pesar de estas críticas, la ONU reconoció que mantuvo contactos previos con el Gobierno nacional y que algunas de sus observaciones fueron incorporadas en la redacción final del decreto, especialmente en la intención de diferenciar a los manifestantes pacíficos de quienes cometen delitos. No obstante, el organismo reiteró que la prioridad absoluta de cualquier marco legal debe ser la protección efectiva del derecho a la protesta.

Este escenario de controversia jurídica y derechos humanos se desarrolla en un contexto de creciente tensión política en el país. Fuentes sindicales ya han confirmado la proyección de un calendario exhaustivo de movilizaciones para los próximos dos meses, las cuales podrían culminar en una huelga general programada para el mes de noviembre.

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