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Cuba legaliza importaciones comerciales para personas físicas mediante pago de aranceles en dólares

Se aplicarán aranceles del 15% para mercancías de hasta 2.000 dólares y del 30% para valores superiores a 6.000

Cuba legaliza importaciones comerciales para personas físicas mediante pago de aranceles en dólares

El Gobierno de Cuba ha implementado un cambio estructural en sus normas arancelarias a través de un nuevo Decreto-Ley publicado en la Gaceta Oficial. A partir de la próxima semana, las personas físicas residentes en la isla podrán realizar importaciones con carácter comercial, ya sea mediante el equipaje de viaje o a través de envíos, actividades que hasta este momento se encontraban vetadas para los particulares. Esta medida se integra dentro de un paquete más amplio de 176 disposiciones orientadas a reformar la economía del país.

La nueva normativa permite que los viajeros y los receptores de paquetes puedan formalizar ante la Aduana General la entrada de productos que, debido a su cantidad o a la repetición de los mismos, excedan los límites personales vigentes. El cambio más significativo radica en que se sustituye el decomiso automático de los excedentes por la creación de un "segundo despacho comercial". Bajo este esquema, los productos que superen el límite permitido no serán confiscados, sino que se les aplicarán aranceles que pueden alcanzar hasta el 30%.

Un punto crítico de la resolución es la obligatoriedad del pago. Tanto el impuesto aduanero como los servicios relacionados con el segundo despacho deberán ser cancelados estrictamente en dólares. Para facilitar estas transacciones, la norma autoriza el uso de tarjetas nacionales o internacionales denominadas en dicha divisa, mientras que el uso de efectivo quedará limitado exclusivamente a los aeropuertos y a las entidades debidamente habilitadas para tal fin.

El procedimiento operativo establecido dispone que, cuando los inspectores aduanales detecten que parte de un equipaje supera los límites permitidos o posee un carácter comercial, se procederá en dos etapas. Primero, se despachará la mercancía que cumpla con las condiciones de importación no comercial. Posteriormente, se abrirá un segundo despacho, totalmente independiente del primero, para procesar los productos excedentes bajo el régimen comercial y su correspondiente pago en moneda extranjera.

Para ilustrar la aplicación de la ley, el texto cita el ejemplo de un pasajero que transporte 90 kilogramos de zapatos de mujer. En este caso, la Aduana admitiría cinco kilogramos como importación no comercial, mientras que el resto de la mercancía sería enviada al segundo despacho comercial. De igual forma, para productos valorados mediante factura o declaración, se permiten hasta cinco unidades de un mismo tipo si el valor no supera los 50 dólares, y hasta tres unidades si el valor es superior. Cualquier cantidad que exceda estos límites pasará al despacho comercial, como ocurre en el ejemplo de cinco tazas de baño valoradas en 55 dólares cada una, donde tres entrarían por el régimen ordinario y dos por el comercial.

En cuanto a los costos, se ha establecido una tarifa progresiva para las importaciones comerciales realizadas por viajeros basada en el valor de importación: un 15% para montos de hasta 2.000 dólares; un 20% para importaciones entre 2.000 y 4.000 dólares; un 25% para montos entre 4.000 y 6.000 dólares; y un 30% para cualquier valor que supere los 6.000 dólares. En el caso de las importaciones realizadas mediante envíos, se aplica directamente un arancel fijo del 30%.

La normativa también contempla la posibilidad de que el titular no acepte el pago en divisas. Si el pasajero manifiesta su desacuerdo, puede solicitar el "reembarque" de las mercancías siguiendo las reglas específicas de ese procedimiento. Sin embargo, si la persona rechaza tanto el pago en dólares como el reembarque en los términos establecidos, la Aduana aplicará la medida administrativa correspondiente según la legislación vigente. No obstante, el decomiso se mantiene vigente para infracciones graves, como la entrada de mercancías prohibidas o la realización de declaraciones fraudulentas.

Respecto a categorías específicas, la ley sustituye una resolución de 2022. Para electrodomésticos, se aceptan hasta dos artículos del mismo tipo, siempre que sean variados y respeten los límites de valor. En el área de informática y comunicaciones, se permiten hasta tres equipos de cómputo y hasta cinco teléfonos celulares o inteligentes. También se definen límites para muebles, herramientas, materiales de construcción y artículos deportivos.

Finalmente, la regulación amplía la importación de vehículos. Los pasajeros pueden importar hasta dos ciclomotores o motocicletas eléctricas. También se permite la entrada de un ciclomotor o motocicleta de combustión interna de hasta 250 centímetros cúbicos (con o sin sidecar), así como triciclos eléctricos o de combustión de hasta 250 cc con más de dos plazas. Estos últimos pueden importarse una vez cada cinco años. En el caso de los automóviles totalmente eléctricos, se mantiene el beneficio de importar una unidad; si el vehículo incluye su estación de carga con fuentes renovables de energía, quedará exonerado del impuesto aduanero.

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