¿Sigue siendo la ley de caducidad un obstáculo para la justicia en Uruguay? Esta es la pregunta central en el marco de las recientes audiencias de supervisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Los casos Gelman y Maidanik han puesto nuevamente sobre la mesa el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado uruguayo. Uno de los puntos críticos de estas audiencias es asegurar que la ley de caducidad no sea un impedimento para hacer justicia.
Sobre este punto, existen posiciones contrapuestas. El Estado uruguayo sostiene que se está cumpliendo con este mandato y, basándose en ello, solicitó que la obligación deje de ser supervisada por la Corte. Sin embargo, las víctimas manifestaron su desacuerdo y solicitaron que la supervisión continúe.
Ante este escenario, la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad ha fijado una postura firme. Para este organismo, la ley de caducidad nunca ha sido un obstáculo para el avance de las investigaciones.
La Fiscalía sostiene que se encuentran frente a crímenes de lesa humanidad. En este sentido, rebate la posición de la defensa de los militares, quienes argumentan que dichos delitos fueron creados por la ley 18.026. Para la Fiscalía, estos crímenes no fueron creados por la normativa interna uruguaya, sino que fueron definidos y creados por el Tribunal de Núremberg, lo que sustenta la procedencia de las acciones judiciales independientemente de las leyes de caducidad locales.
El proceso se mantiene bajo la mirada de la Corte Interamericana, mientras se define si el Estado ha cumplido efectivamente con sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos.
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