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Panamá declara de interés público proyecto de lago artificial en el Parque Omar

Según el documento, el lago busca fortalecer la gestión del agua, apoyar la biodiversidad local, contribuir a moderar las temperaturas del entorno y ofrecer espacios de recreación, educación ambiental y convivencia ciudadana.

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Panamá declara de interés público proyecto de lago artificial en el Parque Omar

El Consejo de Gabinete de Panamá ha emitido una decisión formal mediante la cual se declara de interés público el proyecto destinado al estudio, diseño y posterior construcción de un lago artificial dentro de las instalaciones del Parque Recreativo y Cultural Omar. Esta iniciativa tiene como objetivo principal la creación de un cuerpo de agua con una extensión de 2,500 metros cuadrados, diseñado específicamente para captar agua de lluvia que pueda ser aprovechada durante los periodos de escasez hídrica.

La formalización de esta medida se encuentra detallada en la Resolución de Gabinete N.° 97, fechada el 15 de septiembre de 2026 y publicada oficialmente el miércoles 30 de septiembre en la Gaceta Oficial. El proyecto es promovido y liderado por el Ministerio de la Presidencia, entidad que encabeza las gestiones para la implementación de esta infraestructura.

De acuerdo con los fundamentos expuestos en el documento oficial, la creación de este lago busca fortalecer la gestión integral del recurso hídrico dentro del parque. Entre los beneficios esperados se encuentra el apoyo a la biodiversidad local y una contribución directa a la moderación de las temperaturas en el entorno inmediato. Asimismo, se prevé que el espacio se convierta en un punto de recreación, educación ambiental y convivencia para los ciudadanos que frecuentan el área.

La resolución justifica la necesidad de esta obra señalando que, actualmente, el Parque Omar carece de un lago o reservorio que haya sido diseñado de manera integral para el aprovechamiento del agua pluvial. El documento subraya que, según los registros de las instalaciones, el parque no cuenta en este momento con ningún cuerpo de agua permanente, lo que significa que este proyecto introduciría por primera vez este tipo de infraestructura hidráulica en el lugar.

Es fundamental precisar que, a pesar de la declaratoria de interés público, el Gobierno ha establecido límites claros sobre el estado actual del proyecto. El artículo 4 de la resolución dispone expresamente que dicha declaratoria no sustituye la obligatoria evaluación de impacto ambiental ni constituye una autorización automática para dar inicio a las obras de construcción.

En consecuencia, antes de que cualquier ejecución física comience, el proyecto deberá atravesar un proceso de revisión exhaustivo para obtener todas las aprobaciones y permisos exigibles. Esto incluye el cumplimiento estricto de las obligaciones ambientales, los procesos de participación ciudadana, las normativas de seguridad, así como los mecanismos de seguimiento y control correspondientes.

Para asegurar la viabilidad técnica, el informe citado en la resolución contempla la realización de una serie de estudios especializados. Estos incluyen análisis ambientales, topográficos, geotécnicos e hidrológicos. Además, el proyecto requiere el desarrollo de diseños detallados en las áreas hidráulica, arquitectónica, electromecánica y paisajística.

En cuanto a la ejecución física, el plan contempla obras de conformación e impermeabilización del lago, la instalación de sistemas de drenaje y aireación, así como la recuperación de todas las áreas que resulten intervenidas durante el proceso. No obstante, la viabilidad final y las condiciones exactas de ejecución quedarán sujetas a los resultados de los estudios y a las autorizaciones legales pertinentes.

En el ámbito administrativo, el Consejo de Gabinete instruyó al Ministerio de la Presidencia para que realice las gestiones necesarias ante el Ministerio de Ambiente. El objetivo es acoger el proyecto al régimen transitorio previsto en el artículo 153 del Decreto Ejecutivo N.º 4 del 28 de mayo de 2026. Estas gestiones deben completarse en un plazo de hasta doce meses calendario a partir de la promulgación de dicho decreto, sin que la presente resolución reinicie o amplíe ese término.

Para facilitar este proceso, se ha instruido a todas las entidades públicas competentes a colaborar estrechamente con el Ministerio de Ambiente y coordinar la tramitación del proyecto.

Finalmente, la justificación del proyecto destaca el impacto social, considerando que el mejoramiento ambiental del Parque Omar beneficiaría a aproximadamente 10,000 visitantes diarios. Además, se plantea que este lago artificial pueda servir como un modelo de referencia para futuras iniciativas de gestión del agua y adaptación climática en otros espacios públicos a lo largo del país. Cabe señalar que la resolución ya se encuentra vigente, aunque el documento no especifica el costo total de la inversión ni establece una fecha de inicio o un plazo determinado para la conclusión de la construcción.

Esta nota fue producida por la redacción de Noticias.lat: verificamos la información en fuentes públicas y la reescribimos con nuestro criterio editorial. No republicamos textos de terceros.

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