El Tribunal Superior de Medellín ha confirmado la sentencia condenatoria de 28 años de prisión contra José Miguel Narváez, quien se desempeñó como subdirector del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS). La decisión judicial ratifica la responsabilidad de Narváez como determinador del delito de secuestro extorsivo agravado cometido en contra de la entonces senadora Piedad Córdoba.
Esta resolución de segunda instancia ratifica de manera íntegra el fallo emitido el 6 de octubre de 2025 por el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Medellín. De acuerdo con el documento judicial, el tribunal determinó que Narváez Martínez es penalmente responsable del crimen investigado, rechazando los argumentos presentados por la defensa técnica del exfuncionario.
El fallo establece que José Miguel Narváez deberá cumplir la pena impuesta por su participación directa en el secuestro de Piedad Córdoba, hecho ocurrido el 21 de mayo de 1999. Además de la privación de la libertad, la decisión mantiene la inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por un periodo de 20 años, así como una multa económica ascendente a 3.499 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La sentencia ordena que la pena sea cumplida estrictamente en un establecimiento carcelario.
Según las conclusiones de la primera instancia, ahora respaldadas por el tribunal, el exsubdirector del DAS instigó la retención de la senadora. La justicia señaló que Narváez actuó como ideólogo de la estructura paramilitar al entregar a Carlos Castaño grabaciones obtenidas de manera ilegal. Estas actuaciones se enmarcan en la denominada doctrina del “enemigo interno”, una postura utilizada para justificar la persecución de opositores políticos, defensores de derechos humanos y líderes sociales.
La Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, estableció que Narváez visitó personalmente a Carlos Castaño para proponerle la retención y el asesinato de Piedad Córdoba. Para sustentar dicha propuesta, el exfuncionario señaló a la senadora de colaborar con el Ejército de Liberación Nacional (ELN), apoyando sus afirmaciones con información clasificada obtenida mediante el aparato del Estado a través del DAS.
En cuanto a los hechos del crimen, se recordó que las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) interceptaron a Córdoba el 21 de mayo de 1999, mientras ella se dirigía a una cita médica en el barrio El Poblado de Medellín. La senadora permaneció privada de la libertad durante 14 días, recuperando su libertad el 4 de junio de ese mismo año tras la intervención de diversos sectores humanitarios y políticos.
Un aspecto fundamental de la sentencia es la calificación de los hechos como un delito de lesa humanidad. Esta determinación jurídica es clave, ya que impide que el paso del tiempo extinga la acción penal, subrayando la gravedad de la conducta cometida en el contexto del conflicto armado colombiano.
Respecto al proceso legal, el expediente fue tramitado bajo los parámetros de la Ley 600 de 2000. Aunque el Tribunal Superior de Medellín ha confirmado la condena, la defensa de Narváez aún cuenta con la posibilidad de interponer el recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia. No obstante, la presentación de este recurso técnico y excepcional no modifica la decisión ratificada por el tribunal. Una vez la providencia quede ejecutoriada, el expediente digital regresará al juzgado de origen para las comunicaciones formales y actuaciones correspondientes.
Esta resolución representa la tercera condena conocida contra el exsubdirector del DAS. José Miguel Narváez ya había sido sentenciado por su responsabilidad intelectual en el asesinato del periodista y humorista Jaime Garzón. En ese caso, el Juzgado Séptimo Penal Especializado de Bogotá dictó sentencia inicial en 2018, la cual fue revisada en 2021, fijando una pena de 26 años de prisión. En dicho proceso, se determinó que Narváez influyó en Carlos Castaño para que percibiera a Garzón como una amenaza, basándose en acusaciones sin fundamento sobre supuestos nexos del periodista con el ELN.
Finalmente, el exfuncionario también cuenta con una condena de 12 años y cinco meses de prisión por el delito de tortura psicológica contra la periodista Claudia Julieta Duque. Esta sentencia fue dictada el 24 de agosto de 2024 por el Juzgado Décimo Penal Especializado del Circuito de Bogotá, tras documentarse una campaña de seguimientos, amenazas y persecución contra la periodista y su hija menor de edad, acciones que fueron ordenadas por Narváez según testimonios de exagentes del DAS.





