La Fiscalía General de la Nación ha emitido un comunicado oficial para esclarecer el estado de las investigaciones en el marco de la denominada "Operación Trazador". A través de este documento, el organismo confirmó que, tras la realización de la audiencia de condena, el análisis del contenido de la carpeta de investigación no reveló elementos suficientes que permitieran vincular a otras personas con actividades de lavado de activos, más allá de los individuos que ya han sido condenados por la justicia.
Este pronunciamiento surge luego de que se hiciera pública la vinculación de uno de los condenados, Pablo Leiva, con el Partido Nacional. Leiva se desempeñaba como asesor del edil de dicho partido, Gonzalo Gómez. Asimismo, se ha señalado que el condenado operaba con el Abitab, empresa propiedad del exsenador Jorge Gandini y de su esposa. Ante estos hechos, la Fiscalía General de la Nación precisó que dicho vínculo no era conocido por la Fiscalía de Estupefacientes al momento de obtenerse las tres condenas del caso el pasado viernes 18.
La fiscalía fue enfática al afirmar que, al momento de llevarse a cabo la audiencia del viernes, la evidencia disponible en la carpeta investigativa no permitía extender las responsabilidades por lavado de activos a otros sujetos. No obstante, la institución dejó abierta la posibilidad de futuras actuaciones, señalando que, en caso de que surjan nuevos elementos con posterioridad que puedan relacionar a otras personas con estos hechos, dichos datos deberán ser puestos en conocimiento de la Fiscalía Especializada en Lavado de Activos, organismo que determinará las medidas legales correspondientes.
En relación con el proceso judicial de Pablo Leiva, se informó que la fiscalía había solicitado inicialmente un análisis más exhaustivo de su teléfono celular. Sin embargo, antes de que se emitieran los resultados de dicha pericia, Leiva optó por aceptar su responsabilidad penal a través de un proceso abreviado. Esta decisión legal implica que, respecto a su persona, el caso debe darse por cerrado, lo que impide que continúe siendo objeto de nuevas indagatorias en este proceso específico.
Sobre el desarrollo operativo, la Fiscalía puntualizó que la investigación estuvo a cargo de la Fiscalía Especializada en Estupefacientes de 1.er Turno de Montevideo. El cronograma de acciones incluyó la realización de allanamientos el jueves, seguidos inmediatamente por la audiencia del viernes en la que se dictaron las condenas. Durante estos procedimientos, se incautaron teléfonos celulares que fueron debidamente periciados. Toda la información extraída de estos dispositivos fue incorporada a la carpeta investigativa y analizada por el equipo fiscal.
Fue precisamente el análisis de esta información el que llevó a la fiscal Angelita Romano a liberar a Lucio Leiva, hijo de Pablo Leiva y quien también se desempeñaba como asesor del edil Gonzalo Gómez. En el caso de Lucio Leiva, las pericias no encontraron elementos que lo vincularan con la organización criminal investigada, resultando en su liberación.
En cuanto a las condenas efectivas, Pablo Leiva fue sentenciado por el delito de lavado de activos en la modalidad de posesión y tenencia, según lo establecido en el artículo 31 de la ley de lavado. Esta condena se dio en reiteración real con el delito de tráfico interno de armas.
Por su parte, Henry Latorre recibió condenas por múltiples delitos: tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, receptación —debido a la posesión de un arma robada— y lavado de activos bajo la modalidad de conversión y transferencia. En el caso de Latorre, la justicia aplicó agravantes debido a que utilizaba su hogar como depósito de sustancias y por integrar un grupo organizado. Asimismo, la pareja de Latorre fue condenada por el delito de asistencia al narcotráfico.
Finalmente, la fiscalía señaló que, al momento de dictar las sentencias, se consideró la primariedad de los imputados como un factor atenuante en el proceso.






