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El Fondo de Garantía de Sustentabilidad: Debate sobre su administración y activos

Vender un activo previsional no equivale a comprometer los ingresos de quienes se jubilaron: esa confusión tiene un costo jurídico y político que conviene despejar

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El Fondo de Garantía de Sustentabilidad: Debate sobre su administración y activos

¿Se están comprometiendo los ingresos de los jubilados al vender activos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad? El FGS, administrado por ANSES, posee activos por aproximadamente 80.000 millones de dólares, gran parte de los cuales provienen del régimen de capitalización de las AFJP, transferidos al Estado en 2008.

Aunque la afirmación de que se afectan los ingresos previsionales es políticamente efectiva, jurídicamente es imprecisa. Si bien los jubilados tienen un derecho constitucional a la seguridad social, esto no significa que sean propietarios individuales de cada acción o bono que integra el Fondo, ni que estos deban permanecer inalterados indefinidamente.

El FGS es un patrimonio afectado por ley a la sustentabilidad del sistema previsional y sus recursos no son de libre disponibilidad del Estado. Sin embargo, administrar una cartera implica poder vender y sustituir activos para preservar su valor y obtener rentabilidad. Vender una acción a un valor razonable y reinvertir esos fondos no supone, por sí solo, una afectación de los derechos previsionales.

Actualmente, la Ley 24.241 obliga al Fondo a mantener un piso mínimo del 7% de sus activos en acciones. Existe un debate sobre si este límite debe ser un piso legal permanente o si debería quedar en el margen de decisión de los administradores para ganar flexibilidad según el riesgo económico.

Eliminar este piso permitiría una mejor diversificación, pero requeriría controles más estrictos: procedimientos transparentes, valuaciones independientes y rendiciones de cuentas periódicas ante el Congreso para evitar ventas apresuradas o inconvenientes.

En conclusión, lo que debe permanecer intangible no es cada título específico que compone el Fondo, sino su finalidad previsional y el deber de administrarlo responsablemente en beneficio de la sustentabilidad del sistema.

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