Una audiencia de imputación terminó este miércoles con la condena de diez personas que formaban parte de una organización criminal dedicada a la captación ilegal de víctimas de accidentes de tránsito, una práctica conocida popularmente como "carancheo". De los trece detenidos inicialmente por esta red, uno fue liberado horas después debido a la falta de pruebas, dejando un grupo de doce imputados que comparecieron ante la justicia.
La fiscalía determinó que el grupo operaba como una estructura organizada integrada por abogados y gestores. Para lograr sus objetivos, contaban con la complicidad de policías, enfermeros y choferes de ambulancias, quienes suministraban información ilegal obtenida de los partes de los siniestros. Una vez obtenidos los datos, los integrantes de la red contactaban a las víctimas para convencerlas de que fueran representadas por sus abogados. A cambio de esta gestión, los informantes recibían sumas de dinero que oscilaban entre los 3.000 pesos y los 2.000 dólares, dependiendo de la gravedad del accidente y si hubo víctimas fatales, ya que los siniestros están cubiertos por el Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA).
En total, la investigación abarca a unas 70 personas indagadas. De los doce que asistieron a la audiencia, diez aceptaron un acuerdo con la fiscalía para cerrar el caso mediante un proceso abreviado, resultando condenados a prisión. Sin embargo, un abogado y un gestor rechazaron firmar el acuerdo; en consecuencia, el gestor fue imputado con prisión efectiva y el abogado con prisión domiciliaria total, quedando sus casos sujetos a la continuación de la investigación.
Entre los condenados destaca el caso de Richard Alzugaray, quien posee la doble condición de abogado y policía. Alzugaray, quien según sus propias redes sociales se graduó de abogado en octubre de 2023 y se promocionaba como especialista en violencia doméstica y género, fue condenado como autor de un delito de amenazas, en reiteración real con asociación para delinquir especialmente agravado, cohecho calificado y acceso ilícito a datos informáticos. Su pena fue fijada en tres años y dos meses de penitenciaría, una multa de 50 unidades reajustables (UR) e inhabilitación especial para funciones públicas durante la condena. Debido a su cargo, la jueza notificó al Ministerio del Interior y a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) para su suspensión inmediata.
Otra de las figuras prominentes en el caso es la abogada Elizabeth Frogge, quien se promocionaba en redes sociales como especialista en accidentes de tránsito y reclamos SOA. Frogge, que anteriormente fue defensa de Romina Celeste Papasso en un caso de denuncia falsa contra Yamandú Orsi —vínculo que terminó en fuertes acusaciones mutuas de difamación y negligencia profesional—, fue condenada a dos años de penitenciaría y una multa de 50 UR. Los delitos imputados fueron asociación para delinquir especialmente agravado, cohecho calificado especialmente agravado y acceso ilícito a datos informáticos.
Asimismo, la abogada Giselle Freccero, quien había tenido visibilidad mediática participando en marchas por víctimas de siniestros viales, recibió una condena de tres años de penitenciaría y una multa de 200 UR. Se le tipificó asociación para delinquir especialmente agravado, cohecho calificado especialmente agravado y reiterados delitos de uso indebido de información privilegiada especialmente agravada.
Por su parte, Gustavo Bentos, quien también utilizaba las redes sociales para ofrecer servicios legales basados en la ley SOA 18.412 —curiosamente mezclando estas ofertas con servicios de albañilería y electricidad—, fue condenado a dos años y diez meses de penitenciaría y una multa de 200 UR por los mismos delitos que sus colegas.
El brazo policial de la organización estuvo compuesto, además de Alzugaray, por Christian Larrosa, Oscar Bleda y Robby Rodríguez. Todos fueron penalizados por asociación para delinquir especialmente agravado, cohecho calificado especialmente agravado y uso indebido de información privilegiada. Larrosa recibió una pena de dos años y diez meses, Bleda dos años y tres meses (ambos con multa de 50 UR e inhabilitación), y Rodríguez fue sentenciado a dos años y ocho meses con una multa de 200 UR.
Finalmente, la red contaba con el apoyo de gestores encargados de conseguir clientes para los abogados. Leonardo Yorda, Sebastián Viera y Washington García fueron condenados por asociación para delinquir especialmente agravada, cohecho calificado y uso indebido de información privilegiada. Las penas fueron de tres años para Yorda (200 UR), tres años y tres meses para Viera (200 UR) y dos años y diez meses para García (50 UR).
Respecto a los profesionales del derecho, el juzgado informará a la Suprema Corte de Justicia sobre los fallos. La Corte iniciará expedientes administrativos y, tras un informe de la Asesoría Jurídica, los ministros decidirán la inhabilitación para ejercer la profesión en proporción a la condena recibida, información que será posteriormente publicada en el sitio web institucional.






