La Agencia Antidoping de los Estados Unidos (USADA) ha confirmado oficialmente que la luchadora brasileña de jiu-jitsu Tayane Porfírio, de 31 años, ha sido sancionada con un periodo de suspensión de tres meses. Esta medida es la consecuencia directa de una violación a las reglas antidopaje, luego de que la atleta diera positivo en una prueba de laboratorio para la sustancia conocida como Carboxi-THC.
El Carboxi-THC es identificado técnicamente como un metabolito urinario del tetrahidrocanabinol (THC), el cual representa la principal sustancia constituyente y el componente psicoactivo predominante en la cannabis, la marihuana y el hachís. Según el informe emitido por la USADA, la muestra analizada presentó un resultado positivo que superó el límite de decisión urinario establecido por los protocolos de control.
Los hechos se remontan al pasado 31 de mayo de 2026, fecha en la cual se recolectó la muestra durante el desarrollo del Campeonato Mundial de la Federación Internacional de Jiu-Jitsu Brasileño (IBJJF). En dicho evento, Porfírio, quien es reconocida como bicampeona mundial de la IBJJF tanto en su categoría de peso, que comprende atletas de hasta 79 kg, como en la categoría absoluto, alcanzó una medalla de plata. Sin embargo, debido al resultado positivo del control antidopaje, la atleta ha sido descalificada de todos los resultados obtenidos en las competiciones sancionadas por la IBJJF, o por cualquier signatario del Código Mundial Antidopaje, realizados en la fecha de la toma de la muestra.
Como consecuencia inmediata de esta sanción, Tayane Porfírio pierde no solo la medalla de plata conquistada el 31 de mayo de 2026, sino también la totalidad de los puntos y los premios económicos que había obtenido en esa ocasión.
En cuanto a la duración de la penalización, la USADA determinó que la atleta tuviera derecho a una sanción reducida. El periodo de ineligibilidad se fijó en tres meses debido a que se constató que el uso de la sustancia ocurrió fuera de la competición y, fundamentalmente, porque el consumo de THC no se considera una sustancia relacionada con la mejora del rendimiento deportivo. Porfírio aceptó los términos de esta sanción, la cual entró en vigor el 8 de julio de 2026, fecha en la que fue suspendida provisionalmente.
Un aspecto relevante en el marco legal de este caso es la relación entre la federación organizadora y la agencia de control. Aunque la Federación Internacional de Jiu-Jitsu Brasileño (IBJJF) no es signataria del Código Mundial Antidopaje, la organización contrató los servicios de la USADA para llevar a cabo las pruebas del evento. De este modo, la recolección y el análisis de la muestra de Porfírio de Araújo se realizaron estrictamente bajo las Normas Internacionales de la Agencia Mundial Antidopaje.
Asimismo, la USADA reveló que esta no es la primera vez que la luchadora de Huntington Beach, California, incurre en una falta de este tipo. Se trata de la segunda violación a las reglas antidopaje de Porfírio en un periodo de diez años. A pesar de este antecedente, la agencia aclaró que la atleta no está sujeta a una sanción agravada en este caso particular. Esta decisión se fundamenta nuevamente en que el uso de THC se produjo fuera de la competición y no tuvo como objetivo potenciar el desempeño atlético, lo que permitió mantener la sanción en el periodo previamente mencionado.
Con esta resolución, la comunidad del jiu-jitsu brasileño ve cómo una de sus figuras más destacadas en la categoría de hasta 79 kg enfrenta un periodo de inactividad obligatoria y la pérdida de logros deportivos recientes, subrayando la rigurosidad de los controles implementados por la USADA en los eventos internacionales de la disciplina.






