El Ministerio de Ambiente (MiAmbiente) de Panamá ha ordenado la paralización inmediata de las obras de construcción de un colector de aguas pluviales y sanitarias vinculado a un proyecto hotelero ubicado en Playa Bijao. Esta medida fue tomada tras la detección de graves faltas a las normas ambientales vigentes y la identificación de una potencial afectación directa al ecosistema marino-costero de esta zona, situada en el distrito de Antón, provincia de Coclé.
La intervención de la autoridad ambiental surge a raíz de una serie de irregularidades detectadas en el sitio de la obra. Según los informes técnicos, los trabajos de construcción no contaban con la autorización requerida para realizar intervenciones en cauces, ni disponían de la concesión necesaria para la descarga de aguas residuales, requisitos indispensables para garantizar que el desarrollo inmobiliario no comprometa el equilibrio ecológico de la región.
Marilyn García Paredes, directora nacional de Verificación del Desempeño Ambiental (DIVEDA) de MiAmbiente, fue la encargada de detallar los hallazgos realizados durante las inspecciones de campo. De acuerdo con la funcionaria, se identificaron diversas intervenciones que poseen la capacidad de alterar el comportamiento natural del cauce de agua. Estas modificaciones no autorizadas pueden generar procesos críticos de erosión y sedimentación, fenómenos que impactan negativamente la morfología del terreno y la salud del entorno natural.
Además de las alteraciones físicas en el cauce, la inspección reveló que las obras podrían degradar la calidad del agua. Para respaldar estas afirmaciones, MiAmbiente llevó a cabo muestreos de agua y evaluaciones detalladas en el terreno. Los resultados de estas pruebas acreditaron la existencia de riesgos reales y posibles daños sobre el ecosistema marino-costero de Playa Bijao, evidenciando que la ejecución de la obra sin supervisión técnica ni permisos legales pone en peligro la biodiversidad de la zona.
En relación a estos hechos, García Paredes enfatizó que la protección de los recursos naturales es una prioridad absoluta del Estado. En este sentido, advirtió que cualquier obra o actividad que implique la intervención de un cauce o la realización de descargas de aguas residuales debe cumplir estrictamente con todos los requisitos establecidos en la legislación ambiental panameña, sin excepción alguna.
A pesar de la orden de suspensión inmediata, el Ministerio de Ambiente ha otorgado un margen de tiempo limitado al responsable de la obra. Se ha establecido un plazo perentorio de 24 horas para que el encargado presente la solicitud formal de concesión para la descarga de aguas residuales y acredite que el trámite administrativo correspondiente ha sido iniciado.
No obstante, la autoridad ambiental ha sido clara respecto a las consecuencias en caso de persistir el incumplimiento. La directora de DIVEDA señaló que la institución está plenamente facultada para aplicar las medidas sancionatorias contempladas en el artículo 23 del Decreto Ejecutivo N.º 3 de 2026. Entre estas acciones correctivas destaca la posibilidad de proceder al taponamiento de la tubería que haya sido empleada para realizar el vertido ilegal de aguas.
A estas medidas operativas se sumarían las sanciones ambientales económicas y administrativas correspondientes, las cuales se aplicarán con rigor si se comprueba que las labores no autorizadas continuaron ejecutándose a pesar de la orden de paralización.
El Ministerio de Ambiente alertó además que ignorar la orden de suspensión constituye un acto de desacato a un acto administrativo emitido por la autoridad ambiental. Esta situación jurídica facultaría a la entidad para escalar las medidas, pudiendo ordenar la suspensión definitiva de la obra. En el escenario más severo, una vez concluido el proceso administrativo, la institución podría ordenar la demolición de las estructuras levantadas ilegalmente.
Finalmente, MiAmbiente ha dejado abierta la posibilidad de que el caso trascienda el ámbito administrativo. En el evento de que las investigaciones determinen que los hechos revisten un carácter delictivo, todas las actuaciones y evidencias recabadas serán remitidas a las autoridades competentes. Esto permitirá que se evalúen las responsabilidades penales de los involucrados, asegurando que cualquier daño deliberado al medio ambiente sea juzgado conforme a la ley.
